Consejo de Estado admite recurso de apelación en proceso de pérdida de investidura de diputado
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:52:16
Contexto y tribunal competente
El auto interlocutorio fue proferido por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en la ciudad de Bogotá, D.C., el 20 de enero de 2026. Este acto jurídico corresponde a la admisión del recurso de apelación contra la sentencia emitida en primera instancia por la Sala Plena del Tribunal Administrativo de La Guajira, que determinó la pérdida de investidura de un diputado del mencionado departamento.
Antecedentes del proceso
El proceso se originó por la demanda de pérdida de investidura contra un diputado departamental, en la que se cuestionó la legalidad de su elección y permanencia en el cargo. Tras la decisión inicial que decretó la pérdida de investidura, el demandado presentó oportunamente recurso de apelación conforme al artículo 141 de la Ley 1881 de 2018 y el artículo 223 de la misma ley, que regulan el procedimiento para estos casos.
En el escrito de apelación, la parte demandada solicitó la práctica de pruebas testimoniales en segunda instancia, con el objetivo de esclarecer aspectos relacionados con la naturaleza jurídica, objeto y régimen de contratación de una empresa vinculada al caso, así como la asesoría legal recibida antes de la inscripción de la candidatura y la ejecución de contratos de prestación de servicios.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala recordó que el artículo 14, numeral 2, de la Ley 1881 de 2018 establece que la admisión del recurso de apelación se concede mediante auto, y que la práctica de pruebas en segunda instancia se rige por lo dispuesto en el artículo 212 del Código de Procedimiento...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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