Consejo de Estado admite apelación en proceso sobre programa de alimentación escolar
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 12:58:44
Contexto y tribunal competente
La providencia en cuestión es un auto proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado, en la ciudad de Bogotá, en segunda instancia. Este auto se refiere a la admisión de recursos de apelación interpuestos frente a una sentencia emitida el 13 de marzo de 2025 por el Tribunal Administrativo del Tolima.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso surgió a partir de una acción popular presentada con el fin de proteger derechos e intereses colectivos relacionados con la moralidad administrativa, el patrimonio público y la prestación eficiente de servicios públicos, específicamente enfocados en el programa de alimentación escolar. La sentencia inicial declaró probada la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva respecto al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y concluyó que no existió vulneración de los derechos colectivos imputados a los demandados, entre ellos el Ministerio de Educación Nacional y la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar “Alimentos para Aprender”.
Sin embargo, la providencia de primera instancia instó a las entidades involucradas, así como al municipio correspondiente, a revisar durante el año 2025 la información reportada en el Sistema de Matrícula (SIMAT) para garantizar que los beneficiarios del programa de alimentación escolar fueran correctamente priorizados conforme a la Resolución 335 de 2021. Se recomendó establecer mecanismos para ampliar la cobertura del programa en la institución educativa afectada.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El auto del Consejo de Estado analiza la procedencia y requisitos formales de los recursos de apelación presentados por las partes demandantes y las entidades estatales...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.