Contexto procesal y antecedentes
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto dictado en segunda instancia por el Consejo de Estado en un recurso de apelación contra una decisión del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. El proceso ejecutivo fue iniciado contra la Fiscalía General de la Nación con el fin de obtener el pago de sumas reconocidas en sentencia previa, incluyendo perjuicios morales, materiales y sus respectivos intereses.
La parte ejecutante presentó una liquidación del crédito en la que calculó los intereses moratorios aplicando una tasa del 3% mensual. Sin embargo, el Tribunal modificó de oficio esta liquidación, considerando que la tasa utilizada era superior a la certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia. En consecuencia, ajustó la liquidación con base en la tasa efectiva diaria vigente para cada periodo, conforme al artículo 177 del Código Contencioso Administrativo (CCA) y al Decreto 2469 de 2015.
Posteriormente, la parte ejecutante interpuso recurso de reposición y en subsidio de apelación alegando que la modificación no incluyó el cálculo de intereses correspondientes al periodo posterior a octubre de 2021 hasta julio de 2023. El Tribunal resolvió no acoger la reposición y concedió la apelación, señalando que el ajuste debía circunscribirse al periodo cubierto por la liquidación inicialmente presentada.
Consideraciones jurídicas de la decisión
El Consejo de Estado confirmó la decisión del Tribunal con base en los siguientes fundamentos:
- Competencia y límites del recurso de apelación: De acuerdo con el artículo 320 del Código General del Proceso (CGP), la revisión en apelación se restringe a los reparos concretos formulados por el apelante, en este caso, la omisión del...