Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Superior de Bogotá, en calidad de instancia de revisión, emitió un auto el 21 de enero de 2026 en el marco del proceso identificado con la radicación número 76001-31-05-010-2018-00620-01. Se trata de una decisión interlocutoria que declara desierto el recurso extraordinario de casación interpuesto contra una entidad territorial, el Departamento del Valle del Cauca. La providencia fue adoptada por falta de sustentación dentro del término de traslado, conforme a lo previsto en la normativa vigente.
Antecedentes fácticos y procesales
El recurso extraordinario de casación fue presentado contra una decisión anterior del tribunal de origen que involucraba al Departamento del Valle del Cauca. Posteriormente a la interposición, se estableció un término para que la parte recurrente sustentara sus argumentos ante el tribunal superior. Sin embargo, dicha sustentación no se presentó dentro del plazo legal establecido, lo que motivó la declaración de desierto del recurso.
Consideraciones jurídicas de la decisión
El tribunal fundamentó su decisión en el artículo 65 del Decreto 528 de 1964, norma que regula los procedimientos y términos para la sustentación de recursos extraordinarios de casación. La falta de presentación de la sustentación en el tiempo concedido implica la imposibilidad de continuar con el trámite del recurso, razón por la cual se declaró desierto.
En consecuencia, el tribunal ordenó la devolución del expediente al tribunal de origen para que continúe con el proceso conforme a derecho. La providencia fue notificada y se dispuso su cumplimiento inmediato.
Aspectos relevantes
- Tipo de decisión: Auto interlocutorio.
- Tribunal emisor: Tribunal Superior de Bogotá.
- Instancia procesal: Revisión en sede de casación.
- Normativa aplicada: Artículo 65 del Decreto...