La Corte Suprema ordena anonimizar datos personales en sentencia para proteger derechos de menores
Proviene de: Sentencias
27 de enero de 2026 21:35:29
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia en cuestión es un auto proferido por la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en segunda instancia, con fecha 21 de enero de 2026. Esta decisión atiende a una solicitud presentada por una parte involucrada en un proceso judicial, quien pidió la sustitución de sus nombres y los de su hijo menor por iniciales en todas las providencias y publicaciones electrónicas relacionadas con el caso.
Antecedentes fácticos y procesales
La petición surge a raíz de la sentencia STC17130-2023, dictada el 19 de diciembre de 2023, en la que se mencionó explícitamente el nombre completo de una accionante y de su hijo menor de edad. La parte solicitante argumentó que la exposición pública de estos datos personales en portales institucionales, así como en plataformas jurídicas y motores de búsqueda, vulneraba sus derechos fundamentales, especialmente el derecho a la intimidad y la protección de datos personales.
Además, explicó que la información estaba disponible de forma permanente y sin control sobre su alcance o uso posterior, lo que generaba un impacto negativo en su esfera privada y la de su hijo.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala recordó que, conforme al Acuerdo No. 034 de 2020, se ha dispuesto la anonimización de datos personales de menores de edad en resoluciones que les conciernan, para preservar sus derechos fundamentales. Asimismo, el auto enfatiza la aplicación del artículo 7° de la Ley Estatutaria 1581 de 2012, que regula el tratamiento de datos personales y establece la protección especial para los derechos de los niños.
En virtud de estas disposiciones,...
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