Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) publica Circular No. 167 de 2026 sobre alocuciones presidenciales en medios audiovisuales
Proviene de: Circulares
28 de enero de 2026 16:42:7
Contexto y propósito de la Circular
La Circular No. 167 de 2026 fue expedida por la Sesión de Comisión de Contenidos Audiovisuales de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), organismo público encargado de regular el sector de las telecomunicaciones y medios audiovisuales en Colombia. Esta circular tiene como antecedente directo una sentencia de tutela emitida por el Consejo de Estado en septiembre de 2025, que protegió el derecho fundamental a la información y ordenó a la CRC implementar medidas para garantizar el pluralismo e imparcialidad en la difusión de las alocuciones presidenciales.
El principal propósito de la circular es establecer un procedimiento claro y uniforme para la solicitud y emisión de alocuciones presidenciales en los distintos canales de televisión, tanto públicos como privados, de alcance nacional, regional y local. Esto incluye a la Presidencia de la República, canales privados nacionales como RCN y Caracol, concesionarios como Canal Uno, canales públicos (RTVC - Señal Colombia y Canal Institucional), y canales locales con y sin ánimo de lucro.
Ámbito de aplicación y destinatarios
La circular está dirigida a los operadores de los canales de televisión mencionados, así como a la Presidencia de la República como solicitante principal de las alocuciones presidenciales. Su aplicación es externa y afecta directamente a estos actores, quienes deberán cumplir con los procedimientos y requisitos que se establecen para garantizar el adecuado manejo de estas intervenciones en medios audiovisuales.
Fuerza vinculante y respaldo legal
Este documento tiene carácter vinculante, dado que emana de una autoridad reguladora del Estado con competencia directa en la materia y da cumplimiento a una decisión judicial del Consejo...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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