Comisión de Regulación aclara criterios para la categoría de usuario no regulado en múltiples sitios de consumo
Proviene de: Conceptos
28 de enero de 2026 10:42:10
Definición y requisitos para usuario no regulado
La CREG recordó que, según la Resolución 131 de 1998, un usuario no regulado es aquella persona natural o jurídica cuya demanda máxima o consumo mínimo de energía, medidos por instalación legalizada, supera ciertos umbrales y cuyo consumo se realiza en un mismo predio o en predios contiguos. En este marco, el usuario no regulado puede negociar precios libremente en el mercado competitivo.
Límites y condiciones para la clasificación
Para contratar energía en el mercado competitivo, el usuario debe tener una demanda superior a 0.1 MW o un consumo mensual mínimo de 55 MWh en un solo sitio de entrega, según lo establecido en el artículo 2 de la mencionada resolución. Además, el anexo 1 de la misma norma precisa que la medición debe realizarse en un único sitio individual, reafirmando que no es procedente consolidar consumos de múltiples ubicaciones para cumplir con los límites.
Implicaciones prácticas y situación actual
De esta manera, una persona con varias propiedades que individualmente no alcancen los umbrales no puede sumar los consumos para acceder a la categoría de usuario no regulado. La Comisión informó que actualmente no existe en su agenda un análisis para modificar esta regulación. Para incluir el tema en futuras discusiones, se requerirían estudios que justifiquen la necesidad de dicha modificación.
Alcance y procedimiento
La comunicación enfatiza que la CREG se pronuncia de forma general y no resuelve casos particulares, dejando la competencia de decisiones concretas a las autoridades correspondientes. Esta aclaración busca brindar seguridad jurídica y claridad a quienes gestionan múltiples sitios de consumo bajo una misma titularidad.
En conclusión,...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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