Concepto de abogacía de la competencia sobre el proyecto de resolución para la ejecución y remuneración de proyectos del plan de expansión de poliductos y plan de continuidad
Proviene de: Conceptos
28 de enero de 2026 11:5:26
Antecedentes normativos
El concepto parte del marco legal establecido en la Ley 142 de 1994, que regula los servicios públicos domiciliarios y crea las comisiones de regulación para asegurar eficiencia, calidad y tarifas justas, incluyendo funciones para propiciar la competencia y evitar abusos de posición dominante en sectores como energía y gas.
Se destaca la Resolución 40193 de 2021 del Ministerio de Minas y Energía, que delega a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) funciones de regulación económica en la cadena de combustibles líquidos, incluyendo la determinación de tarifas y márgenes, y la remuneración asociada a infraestructura definida en planes de abastecimiento y expansión.
Además, la Resolución 40408 de 2021 y el Decreto 1135 de 2022 establecen el Plan de Expansión de la Red de Poliductos, adoptan obras específicas y regulan el transporte y asignación de proyectos en el sector de hidrocarburos, definiendo criterios para que un agente pueda desarrollar proyectos complementarios a infraestructura existente o mediante mecanismos competitivos abiertos.
Finalmente, otras resoluciones y decretos recientes regulan el Plan de Continuidad y el almacenamiento estratégico de combustibles líquidos, estableciendo lineamientos para garantizar la seguridad energética nacional.
Razones para la expedición del proyecto
El regulador busca establecer reglas claras para determinar qué agentes pueden construir y operar los proyectos bajo criterios de transparencia, neutralidad y competencia. Se pretende asegurar la experiencia de los participantes, prevenir riesgos asociados a agentes con posición dominante, incentivar la entrada de nuevos actores y promover la libre competencia.
También se busca garantizar que los proyectos se ejecuten oportunamente, con mecanismos para reemplazar ejecutores en caso de incumplimiento, e incentivar la finalización anticipada mediante beneficios. La remuneración de los ejecutores se define para cubrir costos operativos, de inversión, reposición y mantenimiento, y ofrecer una retribución adecuada a los accionistas.
Descripción del proyecto
El proyecto establece las reglas, procedimientos y obligaciones para la selección, ejecución, remuneración y seguimiento de los proyectos del Plan de Expansión de la Red de Poliductos (PERP), del Plan de Continuidad (PC) y los proyectos de almacenamiento estratégico.
Se define el plazo y la forma en que el agente incumbente puede manifestar su intención de ejecutar directamente un proyecto, entregando información técnica y financiera. Si el incumbente no ejecuta o renuncia, se activa un proceso competitivo abierto regulado en varios artículos, que establece requisitos habilitantes, documentación técnica, presentación de ofertas y criterios de adjudicación.
También se regulan modificaciones al cronograma y a la fecha de puesta en operación, obligaciones de información y auditoría, y requisitos específicos para proyectos de almacenamiento estratégico.
Análisis desde la libre competencia económica
En mercados de infraestructura estratégica, como la red de poliductos y almacenamiento, existen monopolios naturales. Por ello, la competencia se da en la selección del operador, lo que requiere mecanismos abiertos, competitivos y no discriminatorios para elegir al ejecutor más eficiente y evitar la captura del mercado por agentes dominantes.
El proyecto garantiza que la asignación se realice mediante procesos transparentes y neutrales, con reglas que limitan la integración vertical para mitigar riesgos de cierre del mercado, discriminación y autopreferencia. Se prohíbe la participación conjunta de agentes con vínculos de control o que pertenezcan a un mismo grupo empresarial, y se exige independencia societaria y operativa frente al incumbente.
Asimismo, se establecen concursos abiertos para asignar proyectos cuando el incumbente no manifiesta interés o no cumple con la ejecución, garantizando la entrada de nuevos operadores y evitando barreras artificiales.
Respecto a la participación mediante consorcios, se limita que ningún accionista tenga más del 25% del control accionario, sin explicar técnicamente el umbral específico, por lo que se recomienda al regulador incluir una justificación técnica para este límite.
En cuanto a la remuneración, se prevé que el adjudicatario reciba un ingreso anual esperado basado en su oferta económica, con mecanismos para ajustar en casos de fuerza mayor o caso fortuito, aunque se sugiere detallar mejor estos procedimientos para evitar riesgos financieros y garantizar veracidad en los costos reportados.
Recomendaciones finales
Se recomienda justificar técnicamente el límite del 25% en la participación accionaria dentro de consorcios y precisar el tratamiento del ingreso anual esperado ante eventos de fuerza mayor o caso fortuito, incluyendo mecanismos que alineen incentivos y aseguren la veracidad de los costos.
Finalmente, se solicita que al expedir la resolución, se remita copia acompañada de la memoria justificativa a la autoridad competente para la protección de la competencia.
El concepto fue elaborado, revisado y aprobado por el equipo responsable de la Superintendencia de Industria y Comercio para la Protección de la Competencia, con el fin de contribuir a una regulación eficiente que promueva la competencia y la transparencia en el sector de combustibles líquidos.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.