Procedimiento para devolución del IVA en la compra de vehículos eléctricos e híbridos
Procedimiento para devolución del IVA en la compra de vehículos eléctricos e híbridos
Proviene de: Oficios
28 de enero de 2026 11:29:54
La Subdirección de Recaudo y la Coordinación de Aplicativos de Impuestos han emitido precisiones sobre el proceso para solicitar la devolución del IVA pagado en la compra de vehículos eléctricos o híbridos certificados por la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME). Este beneficio se fundamenta en la Ley 1715 de 2014, que establece la exclusión del impuesto y una deducción especial en el impuesto sobre la renta para estos vehículos, siempre que se cuente con la certificación correspondiente.
Procedimiento para la devolución del IVA
Para acceder a la devolución, es necesario que el contribuyente haya obtenido previamente el certificado expedido por la UPME. En algunos casos, los concesionarios facturan incluyendo el IVA, a pesar de la exclusión prevista en la ley. En estas situaciones, el impuesto pagado indebidamente puede solicitarse para devolución.
Según lo dispuesto en el Decreto 1625 de 2016, el contribuyente debe presentar la solicitud dentro del término de prescripción de cinco años, contados desde la fecha de emisión de la factura. La administración tributaria del domicilio del solicitante será la competente para resolver.
Documentos requeridos
Se deben anexar los siguientes documentos:
- Certificado expedido por la UPME.
- Relación de facturas electrónicas o documentos equivalentes con detalle del IVA pagado.
- Relación certificada por contador público o revisor fiscal de las facturas asociadas a la adquisición.
- Certificaciones que acrediten que no se ha solicitado devolución previa y que el IVA no ha sido tratado como mayor valor, deducción o impuesto descontable.
Para personas naturales no obligadas...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.