Consejo de Estado anula norma que impedía corregir declaraciones de IVA con errores en periodicidad
Proviene de: Oficios
28 de enero de 2026 11:34:59
Contexto y antecedentes
El Consejo de Estado declaró la nulidad total del concepto emitido por la entidad tributaria en 2021, que sostenía la imposibilidad de corregir declaraciones del Impuesto sobre las Ventas (IVA) presentadas en periodos diferentes a los establecidos por la ley. Esta decisión se fundamentó en la nulidad parcial previa de un parágrafo del Decreto 1625 de 2016, que establecía la ineficacia de esas declaraciones, al considerar que excedía la disposición legal prevista en el artículo 600 del Estatuto Tributario.
Implicaciones de la nulidad
Con esta sentencia, las declaraciones de IVA presentadas con error en la periodicidad sí tienen efectos legales y pueden ser corregidas. Esto implica que el Gobierno Nacional no estaba facultado para declarar que dichas declaraciones carecían de efecto legal alguno. La doctrina emitida por la subdirección responsable indica que la nulidad tiene efectos retroactivos, aunque no afecta situaciones jurídicas consolidadas.
Procedimiento para corregir errores en la periodicidad del IVA
Se confirma que el procedimiento para subsanar errores en la periodicidad de las declaraciones de IVA debe seguir lo dispuesto en el concepto emitido en junio de 2023. Se presentan dos escenarios principales:
- Escenario 1: Cuando un contribuyente obligado a declarar de forma bimestral presenta una declaración cuatrimestral, debe corregir la declaración inicial y presentar una declaración adicional por el periodo faltante, liquidando las sanciones e intereses moratorios correspondientes por extemporaneidad, pues la obligación formal de declarar oportunamente prevalece sobre el pago.
- Escenario 2: Si el contribuyente, obligado a declarar cuatrimestralmente, presenta declaraciones bimestrales, debe corregir ambas para consolidar la información en una única declaración cuatrimestral válida. Además, debe solicitar...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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