La DIAN confirma criterios sobre expedición del certificado al proveedor en exportaciones
Proviene de: Oficios
28 de enero de 2026 11:37:36
La Subdirección encargada de la interpretación y aplicación de las normas tributarias y aduaneras de la DIAN ha confirmado, mediante un concepto reciente, que el certificado al proveedor debe expedirse antes de la exportación de mercancías. Esta disposición aplica incluso en operaciones realizadas por sociedades de comercialización internacional y bajo la modalidad de embarque único con datos provisionales.
En respuesta a una solicitud de reconsideración sobre un concepto previo, el despacho remitió a la doctrina ya emitida, donde se establece que el certificado constituye un documento soporte obligatorio para la exportación. La normativa vigente, en particular el artículo 350 numeral 3 del Decreto 1165 de 2019, exige que los datos del certificado estén incorporados en la solicitud de autorización de embarque.
Se aclaró que la expedición del certificado con posterioridad al embarque no está prevista en la legislación aduanera actual, ni en la modalidad de exportación con datos provisionales establecida en el artículo 365 del mismo decreto. Además, la interpretación de la DIAN busca respetar la coherencia con la regulación civil, tributaria y aduanera vigente, sin extender su aplicación solo a contratos de tracto sucesivo o suministro.
Esta confirmación reafirma la obligación de las sociedades de comercialización internacional de cumplir con la expedición anticipada del certificado al proveedor, garantizando así la validez y soporte documental de las operaciones de exportación.
Para mayor información y consulta de la normativa vigente, la DIAN pone a disposición su normograma en https://normograma.dian.gov.co/dian/, facilitando el acceso a los documentos oficiales y conceptos relacionados que orientan a los contribuyentes en el correcto cumplimiento de sus obligaciones aduaneras....
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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