La Dian aclara la obligación de declarar el impuesto al patrimonio sobre bienes en extinción de dominio
Proviene de: Oficios
29 de enero de 2026 17:52:52
Alcance del pronunciamiento
La Subdirección de Doctrina Tributaria de la Dian se pronunció respecto a la obligación de declarar el impuesto al patrimonio sobre bienes muebles, inmuebles y otros activos que están sujetos a medidas cautelares en procesos de extinción de dominio. Este concepto es de carácter general y no aborda situaciones particulares, conforme a la normativa vigente.
Obligación de declarar pese a medidas cautelares
Se confirma que la medida cautelar de extinción de dominio no exime al contribuyente de incluir dichos bienes dentro de su base gravable del impuesto al patrimonio. La posesión, entendida como la titularidad al primero de enero de cada año, constituye el hecho generador del impuesto, sin excepciones por afectaciones judiciales o administrativas.
Determinación del valor patrimonial
Para calcular el impuesto, se toma en cuenta el patrimonio líquido del contribuyente, que corresponde al patrimonio bruto menos las deudas vigentes a esa fecha. No hay exclusión para activos administrados por terceros, como la Sociedad de Activos Especiales (SAE), ni para aquellos que no generan renta ni beneficio económico directo para el poseedor.
Exclusión temporal y umbrales de declaración
El pronunciamiento señala que no existe procedimiento para excluir temporalmente estos bienes de la base gravable mientras persista la medida cautelar. Asimismo, si la inclusión de estos activos es la única causa para superar el umbral de 72.000 UVT que obliga a declarar y pagar el impuesto, la obligación subsiste. La interpretación legal no permite excepciones en función de las condiciones de control o aprovechamiento del bien.
Conclusión
Este concepto reafirma la normativa tributaria vigente y la obligación del contribuyente de declarar y pagar el impuesto al...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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