Tribunal Superior de Bogotá admite tutela por vulneración al debido proceso en ejecución de facturas electrónicas en sector salud
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 11:3:10
Providencia judicial y tribunal de instancia
La providencia judicial objeto del análisis fue emitida el 26 de enero de 2026 por la Magistrada de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Se trata de un auto mediante el cual se admite la acción de tutela interpuesta por una institución prestadora de servicios de salud (IPS) contra el Juzgado 29 Civil del Circuito de Bogotá. Esta tutela busca la protección de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, consagrados en el artículo 29 de la Constitución Política.
Antecedentes fácticos y procesales
La IPS presentó una demanda ejecutiva de menor cuantía contra una compañía aseguradora, la cual fue asignada al Juzgado 56 Civil Municipal de Bogotá. En primera instancia, mediante auto de marzo de 2025, se negó el mandamiento de pago solicitado, bajo el argumento de que las facturas electrónicas aportadas no cumplían con los requisitos legales para constituirse en títulos valores, particularmente por la ausencia de registro de aceptación expresa o tácita en el sistema RADIAN, plataforma administrada por la DIAN para el registro de facturas como títulos valores.
La IPS interpuso recurso de apelación contra dicha negativa, argumentando que la falta de registro en RADIAN no impide la constitución del título valor si las facturas cumplen con los requisitos legales, y que en este caso las facturas no han circulado, por lo que no era necesaria su inscripción para efectos ejecutivos. Sin embargo, casi ocho meses después, el Juzgado 29 Civil del Circuito confirmó la decisión del Juzgado de primera instancia, introduciendo un...
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