Tribunal Superior de Bogotá admite recursos de apelación y ordena traslado en procesos laborales relacionados con pensiones
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 11:15:55
Contexto y tribunal competente
Las providencias judiciales analizadas corresponden a autos proferidos por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C., Sala Octava de Decisión Laboral, en segunda instancia procesal. Estas resoluciones se enmarcan en procesos ordinarios laborales iniciados contra la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones, así como otras Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías (AFP), en los cuales se discuten principalmente temas relacionados con la eficacia o ineficacia del traslado entre regímenes pensionales.
Antecedentes fácticos y procesales
Los procesos surgieron por demandas presentadas contra Colpensiones y AFPs, en las que los demandantes cuestionan traslados realizados entre el Régimen de Prima Media con Prestación Definida y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad. Estas controversias han estado sujetas a sentencias de primera instancia dictadas por juzgados laborales del circuito judicial de Bogotá.
Posteriormente, las partes demandadas han interpuesto recursos de apelación contra dichas sentencias, solicitando la revisión de las decisiones. En algunos casos, las entidades demandadas y los demandantes han presentado solicitudes de terminación del proceso, argumentando que la reciente Ley 2381 de 2024 ha creado una ventana administrativa para realizar traslados pensionales sin necesidad de acudir a la vía judicial.
Consideraciones de las providencias y fundamentos jurídicos
Los autos admiten los recursos de apelación en atención a los requisitos establecidos en el Código de Procedimiento del Trabajo y de la Seguridad Social, modificado por la Ley 1149 de 2007, y conforme a los procedimientos previstos en la Ley 2213 de 2022. Se dispone correr traslado a las partes para que presenten alegatos escritos en un plazo de cinco días, iniciando con la...
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