Tribunal Superior de Bogotá concede recurso de casación en proceso de unión marital de hecho y reconoce carácter ejecutable de sentencia
Proviene de: Sentencias
29 de enero de 2026 11:16:54
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala de Familia, emitió un auto el 23 de enero de 2026 en relación con la procedencia del recurso extraordinario de casación interpuesto por la parte demandada contra la sentencia de 13 de noviembre de 2025. La providencia fue dictada en segunda instancia dentro de un proceso referido a la declaración de unión marital de hecho y sociedad patrimonial.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una demanda que solicitó la declaración de unión marital de hecho y sociedad patrimonial desde agosto de 2015 hasta mayo de 2019. La parte demandada, en calidad de herederos del causante, se opuso alegando falta de legitimación activa y la inexistencia de la unión marital alegada, argumentando que el causante convivió con otra persona desde 2002 hasta su fallecimiento. El juez de primera instancia acogió parcialmente las pretensiones, declarando la unión y sociedad patrimonial en las fechas indicadas, decisión que fue apelada por las herederas.
En segunda instancia, el Tribunal Superior confirmó la sentencia de primera instancia mediante fallo del 13 de noviembre de 2025. Posteriormente, la parte demandada interpuso recurso extraordinario de casación sin ofrecer peritaje para acreditar el justiprecio ni caución para garantizar el pago de perjuicios derivados de la suspensión de la ejecución.
Consideraciones jurídicas y razones de la decisión
El Tribunal fundamentó su decisión en los artículos 334, 338 y 341 del Código General del Proceso, que regulan la procedencia del recurso extraordinario de casación en asuntos relativos al estado civil y establecen requisitos para su admisión y ejecución.
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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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