MinCIT propone aranceles recíprocos y medidas de restricción a productos ecuatorianos por razones de seguridad nacional
Proviene de: Proyectos de Decreto
3 de febrero de 2026 1:18:36
Contexto y marco normativo del proyecto de decreto
El proyecto de decreto, anunciado en enero de 2026 por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, buscaría modificar el régimen arancelario y aduanero en respuesta a la imposición por parte de Ecuador de una "tasa de seguridad" del 30% a productos colombianos. Esta medida ecuatoriana se consideraría un incumplimiento del Acuerdo de Cartagena y de compromisos internacionales suscritos por ambos países en el marco de la Comunidad Andina (CAN) y la Organización Mundial del Comercio (OMC). El proyecto se fundamentaría en las facultades presidenciales conferidas en la Constitución Política de Colombia, la Ley 1609 de 2013, y los artículos pertinentes del Acuerdo de Cartagena y el GATT.
Propósito y grupos afectados
El propósito principal del proyecto sería instaurar medidas arancelarias recíprocas y restricciones comerciales dirigidas a productos originarios y provenientes de Ecuador. Se buscaría proteger la producción nacional colombiana y la seguridad nacional frente a afectaciones comerciales que han generado un desequilibrio en las condiciones de competencia bilateral. Los sectores afectados incluyen industrias exportadoras, agropecuarias, acuícolas y productoras de bienes estratégicos para la seguridad alimentaria, tales como arroz, plátanos, banano bocadillo, aguacate Hass, cebolla, tomate, fríjol, maracuyá y productos pesqueros, entre otros. Además, la medida atendería riesgos fitosanitarios, sanitarios y de seguridad asociados al ingreso irregular de mercancías.
Medidas y cambios planteados en el proyecto
El proyecto impondría un arancel recíproco del 30% ad valorem a 23 partidas arancelarias desagregadas en 73 subpartidas correspondientes a productos ecuatorianos. Asimismo, establecería restricciones estrictas al ingreso de mercancías por los cruces fronterizos terrestres en las jurisdicciones de las Direcciones...
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