Contexto y competencia del tribunal
La providencia fue emitida por la Sección Segunda, Subsección A, de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en única instancia, confirmando su competencia para conocer de esta acción de nulidad. La demanda fue presentada en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La acción fue interpuesta en contra de la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) para solicitar la nulidad parcial de los siguientes actos administrativos:
- El artículo 15 del Acuerdo CNSC 19 del 16 de mayo de 2024, que reglamenta la administración y manejo del banco nacional de listas de elegibles del sistema general de carrera administrativa y sistemas especiales.
- Los parágrafos 1 y 2 del artículo 28 del Acuerdo CNSC 205 del 10 de octubre de 2024, relacionados con las reglas del proceso de selección para proveer empleos en vacancia definitiva en la planta de personal de la DIAN, en el Proceso de Selección DIAN 2667.
- Los parágrafos 1 y 3 del artículo 36 del Acuerdo CNSC 21 del 7 de noviembre de 2025, que establecen normas para otro proceso de selección similar en la DIAN, identificado como Proceso de Selección DIAN 2676.
Aunque inicialmente se demandó únicamente a la CNSC, el Consejo de Estado vinculó a la DIAN como demandada adicional, dada su participación en la planeación y configuración de las convocatorias objetadas.
Consideraciones de la providencia
El despacho judicial verificó que la demanda cumplía con los requisitos formales establecidos en los artículos 162 a 167 de...