Juzgado Primero Laboral de Barranquilla ordena pago de costas en proceso contra AFP Porvenir S.A.
Proviene de: Sentencias
6 de febrero de 2026 11:33:56
Providencia emitida por el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barranquilla
En un proceso ordinario laboral tramitado en Barranquilla, el Juzgado Primero Laboral del Circuito dictó un auto que resuelve sobre el pago de las costas procesales impuestas a la sociedad administradora de fondos de pensiones demandada. La providencia se pronuncia luego de un informe secretarial que da cuenta del depósito judicial efectuado por la demandada en cumplimiento de la condena en costas.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue instaurada contra dos entidades administradoras de fondos de pensiones y cesantías. Durante el desarrollo del proceso, la Sala Dos de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla impuso a la sociedad administradora de fondos de pensiones Porvenir S.A. una condena en costas. En cumplimiento de esta obligación, dicha entidad consignó el valor correspondiente a través de un depósito judicial registrado en el Banco Agrario.
Consideraciones principales de la providencia
El despacho judicial reconoce que el depósito realizado coincide con el valor de la condena en costas establecida en el auto judicial previo. En consecuencia, declara que la demandada ha cumplido con la obligación impuesta y ordena la entrega del depósito a favor de la parte demandante, a través del apoderado judicial.
Para proceder con el pago, el beneficiario debe acreditar la ratificación de su poder para recibir dichos fondos y firmar el acta de entrega en el juzgado. Además, se instruye comunicar claramente al Banco Agrario que el pago corresponde a agencias en derecho (costas), para que esta entidad defina si es procedente efectuar retención en la fuente conforme a la normativa vigente.
Destaca la providencia la aplicación del concepto administrativo que señala que las agencias en derecho y demás costas procesales tienen naturaleza de reembolso de gastos y, por tanto, no constituyen ingreso gravable ni están sujetas a retención en la fuente. Esta aclaración es relevante para la correcta gestión tributaria del pago.
Finalmente, el juzgado ordena remitir copias de la providencia tanto al Banco Agrario como al apoderado beneficiario y recuerda que persiste una obligación pendiente de pago de costas a cargo de la otra entidad demandada, la Administradora Colombiana de Pensiones – Colpensiones.
Conclusiones de la resolución
El auto del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Barranquilla constituye una actuación procesal que confirma el cumplimiento de la condena en costas por parte de una de las demandadas y formaliza la orden de entrega del depósito judicial a la representación legal de la parte demandante. Asimismo, establece instrucciones precisas respecto al manejo tributario del pago y al cumplimiento de los requisitos para su recepción.
Este tipo de decisiones evidencian la rigurosidad con la que los órganos jurisdiccionales verifican el cumplimiento de las sentencias y autos, así como la importancia de la correcta administración y entrega de los valores consignados para garantizar los derechos de las partes involucradas en los procesos judiciales. Con esta providencia, se fortalece la confianza en la justicia laboral y se reafirma el compromiso con la protección de los derechos de los trabajadores y beneficiarios en Colombia.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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