Tribunal Superior de Popayán confirma indemnización por despido sin justa causa en proceso laboral contra empresa
Proviene de: Sentencias
9 de febrero de 2026 0:31:32
Contexto procesal y antecedentes
La providencia corresponde a una sentencia emitida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, en segunda instancia, que resuelve los recursos de apelación interpuestos contra la decisión del Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Popayán. El proceso ordinario laboral fue iniciado por un trabajador despedido, quien demandó a su empleador, una empresa dedicada a la producción de empaques, solicitando el reconocimiento de la existencia del contrato de trabajo, la declaración de la ausencia de justa causa en su despido, y la aplicación de estabilidad laboral reforzada derivada de su condición de padre cabeza de familia y de posibles limitaciones físicas.
El trabajador pretendía también la ineficacia del despido por falta de autorización del Ministerio de Trabajo, el reintegro sin solución de continuidad, el pago de salarios y prestaciones dejados de percibir, y la indemnización establecida en la Ley 361 de 1997. Subsidiariamente, solicitó la indemnización por despido injustificado y la indexación de las sumas reconocidas.
El Juzgado de primera instancia falló reconociendo la existencia del contrato de trabajo a término indefinido y la terminación sin justa causa por parte del empleador, condenando a pagar una indemnización económica. Sin embargo, negó la estabilidad laboral reforzada y el reintegro solicitado, al no acreditarse los requisitos para dicha protección. Además, desestimó la excepción de prescripción presentada por la empresa.
Consideraciones clave de la Sala Laboral
En la segunda instancia, la Sala reafirmó la competencia para conocer el recurso, conforme al artículo 66 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social modificado, y aplicó el trámite escrito previsto...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.