Tribunal Superior de Santa Marta confirma legalidad de dictamen sobre pérdida de capacidad laboral en proceso ordinario laboral
Proviene de: Sentencias
9 de febrero de 2026 16:44:51
Contexto y naturaleza de la decisión
La Sala Segunda Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta emitió una sentencia de segunda instancia, en el marco de un proceso ordinario laboral, en el que se revisó la legalidad de un dictamen sobre pérdida de capacidad laboral. La decisión se fundamentó en el artículo 13 de la Ley 2213 de 2022 y tuvo lugar el 5 de febrero de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta por una trabajadora vinculada desde 2006 en labores auxiliares en una clínica, quien sufrió un accidente de trabajo en 2011 que le produjo trauma en la rodilla derecha, y posteriormente un diagnóstico de trastorno mixto de ansiedad y depresión severa sin síntomas psicóticos. La Junta Regional de Calificación de Invalidez (JRCI) del Magdalena había otorgado inicialmente un porcentaje de pérdida de capacidad laboral (PCL) del 51.45%, pero la Junta Nacional de Calificación de Invalidez (JNCI) redujo este porcentaje a 35.74%, excluyendo la valoración del trastorno psiquiátrico mencionado.
La parte demandante solicitó la nulidad del dictamen de la JNCI y la confirmación del dictamen regional, alegando que la patología psiquiátrica debía ser incluida en la calificación. La JNCI defendió la corrección técnica y médica de su dictamen, señalando que no existía criterio para asignar un porcentaje por el diagnóstico mental y que la reducción respondía a una evaluación objetiva.
El Juzgado Quinto Laboral del Circuito de Santa Marta, en primera instancia, declaró la legalidad del dictamen de la JNCI y absolvió a la entidad demandada, ordenando la confirmación en caso de que no se apelara la sentencia.
Consideraciones...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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