Consejo de Estado traslada medida cautelar sobre límites de gastos en consultas políticas para 2026
Proviene de: Sentencias
10 de febrero de 2026 9:11:25
Contexto y antecedentes del proceso
El órgano judicial competente, la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, conoció una demanda presentada en ejercicio del medio de control de nulidad consagrado en el artículo 137 de la Ley 1437 de 2011. La demanda cuestiona parcialmente el artículo 1º de la Resolución 12111, expedida por el Consejo Nacional Electoral, que establece el límite máximo de gastos para las consultas internas que realizarán los partidos, movimientos políticos o grupos significativos de ciudadanos durante el año 2026, destinadas a la selección de candidatos presidenciales.
El demandante alegó que la resolución vulnera normas superiores, entre ellas los artículos 13, 40, 103, 107 y 265 de la Constitución Política, así como diversas disposiciones de la Ley 1437 de 2011, la Ley 130 de 1994 y la Ley 1475 de 2011. En particular, sostuvo que la forma en que se distribuye el tope de gastos, prorrateado entre los participantes de una misma consulta, genera desigualdad y afecta el principio constitucional de igualdad.
Consideraciones jurídicas y decisión adoptada
La magistrada ponente analizó la solicitud de suspensión provisional de los efectos del artículo demandado, requerida en el mismo escrito de la demanda. Para la procedencia de una medida cautelar de esta naturaleza, la jurisprudencia y la ley exigen la demostración de una situación grave, inminente o de un perjuicio irremediable que justifique un trámite excepcional y urgente.
En el presente caso, el auto advierte que no se evidencian elementos que permitan apartarse del trámite ordinario previsto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo...
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