Tribunal Superior de Cúcuta confirma rechazo de nulidad por indebida notificación en proceso divisorio
Proviene de: Sentencias
12 de febrero de 2026 10:12:41
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia analizada es un auto proferido por la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cúcuta, en segunda instancia, que resuelve un recurso de apelación interpuesto contra un auto de primera instancia. En concreto, se confirma la decisión del Juzgado Quinto Civil del Circuito de Cúcuta que rechazó la solicitud de nulidad procesal presentada por la parte demandada dentro de un proceso divisorio.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso divisorio se inició con la admisión de la demanda y el emplazamiento de los demandados, seguido de la designación de un curador ad litem debido a la supuesta imposibilidad de notificación personal a los demandados. Posteriormente, se decretó la venta en pública subasta del bien inmueble objeto del litigio.
La parte demandada, a través de su apoderado judicial, alegó que la notificación del auto admisorio de la demanda fue irregular porque no se intentó notificación personal en el inmueble, a pesar de existir elementos para ello. Se argumentó que tal situación vulneró el derecho de defensa y el debido proceso, solicitando la nulidad del proceso y la suspensión de la diligencia de remate.
El juzgado de primera instancia rechazó dicha nulidad, considerando que la notificación a través del curador ad litem fue válida y que los demandados comparecieron oportunamente al proceso mediante su apoderado, quien no objetó la notificación en ese momento, lo que implicó un saneamiento de la nulidad alegada.
Consideraciones jurídicas del Tribunal Superior
El Tribunal Superior abordó el problema jurídico de determinar si la nulidad por indebida...
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