Contexto y Emisión de la Resolución
La Agencia Nacional de Tierras (ANT), en ejercicio de sus facultades legales, emitió la Resolución 202551003533096 el 15 de diciembre de 2025, publicada en el Diario Oficial No. 53.397 el 13 de febrero de 2026. Dicha resolución adjudica un globo de terreno baldío de la Nación, con una extensión de 12.796 hectáreas más 8.336 metros cuadrados, ubicado en el municipio de Santa Bárbara de Iscuandé, departamento de Nariño, a favor del Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador, como “Tierras de las Comunidades Negras”.
Tema Principal y Destinatarios
La resolución regula la titulación colectiva de tierras baldías en favor de comunidades negras organizadas, reconociendo sus derechos territoriales ancestrales y culturales. El destinatario principal es el Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador, una organización afrodescendiente que representa a 643 familias constituidas por 1.702 personas en el territorio mencionado. Este público es relevante porque la titulación colectiva fortalece su autonomía, identidad cultural y garantiza sus derechos sobre el territorio que han habitado y utilizado tradicionalmente.
Objetivo y Finalidad de la Resolución
El objetivo de la resolución es concluir el procedimiento administrativo de titulación colectiva iniciado en 2004, otorgando el título de propiedad colectiva sobre tierras baldías que incluyen zonas de playa marítima, bajamar y manglares. La finalidad es garantizar el reconocimiento legal de estos territorios a la comunidad negra, en cumplimiento de la Ley 70 de 1993, el Decreto Ley 2363 de 2015 y la Sentencia T-105 de 2025 de la Corte Constitucional, que ordenó la inaplación de normas que impedían la adjudicación de bienes de uso público como la bajamar.
Decisiones y Regulaciones Principales
- Adjudicación de un globo de terreno baldío de 12.796 ha + 8.336 m² en Santa Bárbara de Iscuandé al Consejo Comunitario Esfuerzo Pescador.
- Reconocimiento de la propiedad colectiva con carácter inembargable, imprescriptible y no enajenable.
- Incorporación dentro del territorio colectivo de áreas tradicionales como manglares, bajamar y playa marítima, conforme a la excepción constitucional establecida.
- Obligación de cumplir la función social y ecológica de la propiedad, protegiendo los recursos naturales y colaborando con las autoridades ambientales.
- Administración del territorio a cargo de la Junta del Consejo Comunitario según reglamento interno, promoviendo la equidad y sostenibilidad en la asignación y uso del suelo.
- Restricción para ocupaciones de mala fe posteriores a la resolución, que no otorgarán derechos de propiedad ni indemnización.
- Fijación de linderos técnicos precisos conforme a estudios topográficos y cartográficos actualizados.
- Notificación y publicación conforme a la normatividad vigente, con recursos administrativos disponibles.
Base Legal y Modificaciones
La resolución se fundamenta en la Ley 70 de 1993, que reconoce el derecho de propiedad colectiva de las comunidades negras sobre tierras baldías rurales y ribereñas; en el Decreto Ley 2363 de 2015, que creó la Agencia Nacional de Tierras y le asignó competencias; en el Decreto número 1066 de 2015 que reglamenta la Ley 70; y en la Sentencia T-105 de 2025 de la Corte Constitucional, que ordenó la inaplación de la prohibición de adjudicar bienes de uso público como bajamar. La resolución no revoca normas anteriores, sino que concluye un proceso administrativo con ajustes conforme a la jurisprudencia constitucional reciente.
Plazos y Procedimientos
El procedimiento administrativo se inició en 2004 y se reactivó tras la orden de la Corte Constitucional en 2025, que estableció un plazo improrrogable de seis meses para concluir la titulación. Se practicaron visitas técnicas actualizadas, censos poblacionales, análisis socioambientales y jurídicos, y se cumplió con las etapas de fijación en lista y revisión técnica por la Comisión Ley 70. La resolución establece la notificación a las autoridades competentes y la inscripción registral en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Tumaco.
Impacto Potencial
Esta resolución representa un avance significativo en el reconocimiento efectivo de los derechos territoriales de las comunidades negras en Colombia, fortaleciendo la autonomía y la identidad cultural de la comunidad beneficiaria. Además, establece un marco claro para la protección ambiental del territorio, particularmente de ecosistemas sensibles como manglares y zonas de bajamar, mediante el compromiso comunitario y la articulación con autoridades ambientales. La titulación colectiva contribuye a la seguridad jurídica y al desarrollo sostenible, promoviendo la conservación y el uso responsable de los recursos naturales renovables, con un enfoque integral que combina derechos étnicos, sociales y ambientales.
En síntesis, la Agencia Nacional de Tierras consolida a través de esta resolución una política pública que materializa mandatos constitucionales y legales, garantizando derechos colectivos y ambientales en territorios ancestrales afrodescendientes, bajo principios de justicia social y sostenibilidad. Este acto administrativo no sólo reconoce derechos históricos, sino que también impulsa la participación activa de la comunidad en la gestión y conservación del territorio, asegurando su bienestar y la preservación de su identidad cultural para las futuras generaciones.