Entidad emisora, número y fecha
La resolución fue emitida por la Agencia Nacional de Tierras (ANT) el 15 de diciembre de 2025, y publicada en el Diario Oficial No. 53.397 el 13 de febrero de 2026. El Director General de la ANT ejerció sus facultades legales para expedir este acto administrativo, en cumplimiento de la Ley 70 de 1993 y el Decreto Ley 2363 de 2015, que regulan la titularidad colectiva de tierras para comunidades negras.
Tema principal y destinatarios
El asunto central de la resolución es la adjudicación en calidad de “Tierras de las Comunidades Negras” de dos predios fiscales denominados Las Pampas y Monterredondo, ubicados en Jamundí, Valle del Cauca, al Consejo Comunitario de Comunidades Negras Robles. Esta comunidad negra organizada es la beneficiaria directa, siendo la destinataria principal de la norma. El reconocimiento de su derecho colectivo sobre el territorio es fundamental para garantizar su identidad cultural, autonomía y desarrollo integral.
Objetivo y finalidad
El objetivo de la resolución es formalizar la propiedad colectiva de las tierras a favor del Consejo Comunitario Robles, en desarrollo de los programas de titulación colectiva establecidos en la Ley 70 de 1993 y reglamentados por el Decreto 1066 de 2015. La medida busca proteger los derechos territoriales y promover la conservación ambiental, así como garantizar el desarrollo de prácticas tradicionales de producción y la gestión sostenible del territorio.
Decisiones y regulaciones principales
La resolución adjudica formalmente un área total de 269 hectáreas con 2,514 metros cuadrados, excluyendo la faja paralela de hasta 30 metros a lo largo de cauces, ríos, arroyos, humedales y lagos, que son bienes de uso público e inalienables. Se establece que las tierras adjudicadas tienen carácter colectivo, son inembargables, imprescriptibles y no enajenables, conforme al artículo 63 constitucional y la Ley 70 de 1993.
Se dispone que la administración del territorio estará a cargo de la Junta del Consejo Comunitario, quien debe garantizar la equidad y la justicia en la asignación de las áreas a las familias que conforman la comunidad, evitando la concentración de tierras. Además, se establecen obligaciones especiales en materia ambiental, tales como la conservación de la vegetación protectora de las aguas, la protección de especies silvestres y la cooperación con autoridades ambientales como la Corporación Autónoma Regional del Valle del Cauca (CVC).
La resolución también regula el respeto y conservación de las rondas hídricas, conforme a la legislación ambiental vigente, y establece que las ocupaciones de personas ajenas a la comunidad que se realicen con posterioridad a la expedición de la resolución serán consideradas de mala fe y no generarán derechos de propiedad ni compensaciones.
Base legal y modificaciones
El fundamento jurídico principal incluye la Ley 70 de 1993, el Decreto Ley 2363 de 2015, el Decreto 1066 de 2015, la Constitución Política, y la aplicación del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre pueblos indígenas y tribales, reconocido en Colombia mediante la Ley 21 de 1991. La norma se enmarca en el procedimiento de titulación colectiva que sustituye y actualiza las competencias de entidades anteriores como el Incora y el Incoder, conforme a lo dispuesto en el Decreto Ley 2363 de 2015.
No se revocan resoluciones previas, sino que se otorgan nuevos títulos colectivos a la comunidad beneficiaria en cumplimiento de la legislación vigente.
Plazos y procedimiento
Se establece un plazo de diez días para interponer recurso de reposición ante el Director General de la ANT contra esta resolución, contados a partir de su notificación, conforme al Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
La resolución ordena además la inscripción del título colectivo en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo Registral de Cali, con el fin de consolidar la propiedad colectiva y proceder al cierre de los folios inmobiliarios individuales.
Impacto potencial
Esta adjudicación representa un avance significativo para la garantía de los derechos territoriales de las comunidades negras en Colombia. Fortalece la protección legal de sus tierras ancestrales, promueve la conservación ambiental y garantiza la administración colectiva basada en sus usos, costumbres y tradiciones. Además, establece un marco claro para el desarrollo sostenible de la comunidad, contribuyendo a la cohesión social y al reconocimiento constitucional de sus derechos étnicos.
En suma, la resolución ejemplifica el ejercicio efectivo de políticas públicas orientadas a la inclusión social y al respeto de la diversidad cultural, dentro del marco jurídico colombiano y los estándares internacionales en materia de derechos colectivos. Este acto administrativo fortalece el compromiso del Estado con la reparación histórica y la garantía de los derechos territoriales de las comunidades afrodescendientes, promoviendo su bienestar y desarrollo sostenible en el Valle del Cauca y el país en general.Para continuar leyendo esta noticia y acceder a todas las funciones premium, adquiere uno de nuestros planes.
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