Entidad emisora y contexto legal
La resolución número 0122 de 2026 fue emitida por la Dirección General Marítima, autoridad encargada de la regulación y supervisión de las actividades marítimas en Colombia. Esta decisión administrativa fue publicada en el Diario Oficial No. 53.400 el 16 de febrero de 2026. La modificación se realiza en el marco normativo del Reglamento Marítimo Colombiano (REMAC) 4 “Actividades Marítimas”, específicamente en el artículo 4.5.3.6 del Título 3 de la Parte 5.
El fundamento legal para esta acción se encuentra en el Decreto Ley 2324 de 1984, que establece las funciones de la Dirección General Marítima, y en el Decreto 5057 de 2009, que regula la expedición de cartografía oficial. Además, la resolución se enmarca en los compromisos internacionales asumidos por Colombia mediante la adhesión al Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS) de 1974, cuyo Capítulo V establece obligaciones para la actualización y difusión de información náutica.
Tema principal y destinatarios
La resolución regula el Esquema de Cartografía Náutica Nacional (ECNN), un instrumento técnico que establece las directrices para la elaboración, actualización y difusión de la cartografía náutica nacional. Esta cartografía es fundamental para garantizar la seguridad de la navegación y el conocimiento actualizado de los espacios marítimos bajo jurisdicción colombiana.
El destinatario principal de esta regulación es el Servicio Hidrográfico Nacional (SHN) y, en general, todas las entidades públicas y privadas vinculadas con las actividades marítimas, la seguridad naval y el manejo del territorio marítimo. También resulta relevante para los navegantes, operadores marítimos y autoridades portuarias, quienes dependen de información precisa y actualizada para sus operaciones.
Objetivo y principales decisiones
El objetivo de la resolución es adoptar la quinta actualización del ECNN, incorporando nuevas cartas náuticas tanto en formato papel como en celdas electrónicas. Esta actualización amplía la cobertura cartográfica del territorio marítimo colombiano y sirve como guía para la elaboración de futuros proyectos y cartas náuticas.
Entre las decisiones principales destaca la modificación expresa del artículo 4.5.3.6 del REMAC 4, que establece la vigencia de la quinta actualización del ECNN como parte integral del marco regulatorio. Con ello, se garantiza la actualización constante de la cartografía náutica oficial, aspecto esencial para la seguridad marítima y el desarrollo de los intereses marítimos nacionales.
Base legal y normativas relacionadas
La resolución se fundamenta en el Decreto Ley 2324 de 1984, que otorga a la Dirección General Marítima la competencia para instalar y mantener servicios hidrográficos y cartográficos. También se apoya en el Decreto 5057 de 2009, que establece la estructura organizacional y funciones para la expedición de cartografía oficial.
Adicionalmente, se consideran las disposiciones del Reglamento Marítimo Colombiano REMAC 4, especialmente las relacionadas con los asuntos hidrográficos y la organización del Servicio Hidrográfico Nacional. Resoluciones previas, como la 135 de 2018, la 264 de 2019, y las modificaciones de 2019 y 2022 al ECNN, forman parte del marco normativo actualizado.
Impacto y vigencia
La actualización del Esquema de Cartografía Náutica Nacional contribuirá a mejorar la precisión y cobertura de la cartografía oficial, fortaleciendo la seguridad de la navegación en aguas colombianas. Esto resulta clave para la prevención de riesgos marítimos y el adecuado ejercicio de la soberanía nacional en sus espacios marítimos.
La resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, asegurando su aplicación inmediata. De este modo, se consolida un marco normativo actualizado y alineado con estándares nacionales e internacionales para la gestión hidrográfica y cartográfica marítima.
Resumen de la resolución 0122-2026
| Entidad Emisora |
Dirección General Marítima |
| Número y Fecha |
Resolución 0122-2026, 10 de febrero de 2026 (publicada el 16 de febrero) |
| Tema Principal |
Modificación del artículo 4.5.3.6 del REMAC 4 para adoptar la quinta actualización del ECNN |
| Destinatarios |
Servicio Hidrográfico Nacional, entidades marítimas, navegantes y autoridades portuarias |
| Objetivo |
Actualizar y ampliar la cartografía náutica nacional para mejorar la seguridad en la navegación |
| Base Legal |
Decreto Ley 2324 de 1984, Decreto 5057 de 2009, Convenio SOLAS 1974, REMAC 4 y resoluciones previas |
| Vigencia |
Desde la publicación en el Diario Oficial |