Contexto y antecedentes del caso
La Corte Suprema de Justicia examinó un recurso extraordinario de revisión presentado ante la Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, cuyo apoderado judicial invocó incorrectamente causales de revisión basadas en el artículo 250 del Código General del Proceso (CGP), norma relacionada exclusivamente con aspectos probatorios y sin numerales aplicables a la controversia planteada. Además, se incorporaron seis sentencias de casación inexistentes y dos sentencias de la Corte Constitucional a las que se atribuyó contenido falsamente.
Tras advertir las irregularidades, la Corporación requirió al abogado la subsanación del escrito, oportunidad en la que se corrigió la remisión normativa al artículo 355 del CGP, pero con alteraciones sustanciales en el texto que correspondía a los numerales invocados. Asimismo, se sumaron cuatro nuevas citas jurisprudenciales apócrifas, totalizando diez referencias falsas. Posteriormente, el apoderado reconoció que las imprecisiones provinieron del uso de un programa de inteligencia artificial generativa, empleado para agilizar la elaboración de los escritos.
Análisis técnico y jurídico de las irregularidades
La providencia describe con detalle las características técnicas de los modelos de lenguaje a gran escala (LLM), como ChatGPT o similares, que generan textos mediante predicción estadística y carecen de mecanismos internos para verificar la veracidad del contenido que producen. Este fenómeno, denominado "alucinación", implica la generación de información falsa con apariencia de veracidad, fenómeno especialmente crítico en el ámbito jurídico debido a la naturaleza normativa y vinculante de las fuentes del derecho.
El auto destaca que la citación de fuentes jurídicas implica una aserción implícita sobre la existencia y contenido fiel de dichas fuentes, lo que impone un
deber de veracidad y, correlativamente, un
deber de verificación riguroso al abogado que las invoca. Este estándar exige consultar repositorios oficiales para comprobar la autenticidad y exactitud de normas y precedentes antes de incorporarlos al proceso, dada la gravedad de las consecuencias de citar fuentes inexistentes o tergiversadas.
Se subraya que la responsabilidad sobre la veracidad del contenido es indelegable: el profesional debe asumir plena responsabilidad por los escritos que presenta, independientemente de que haya contado con apoyo humano o tecnológico en su elaboración. En particular, el uso de inteligencia artificial generativa intensifica la diligencia requerida, pues estas herramientas tienen una propensión conocida y documentada a generar contenido erróneo o fabricado.
Conclusiones sobre la conducta y consecuencias legales
El auto concluye que la conducta del apoderado judicial configuró temeridad procesal conforme al artículo 79 del CGP, dado que:
- Se acumularon diez referencias jurisprudenciales apócrifas sin correspondencia en los repositorios oficiales.
- Se tergiversó el contenido normativo de los numerales invocados, ajustándolos a la estrategia argumentativa sin correspondencia con el texto legal vigente.
- Persistió en la conducta pese a la advertencia expresa y formal de la Corte.
- Reconoció expresamente el origen de las imprecisiones en el uso de inteligencia artificial sin verificación.
- El recurso carecía de fundamento legal real una vez depuradas las citas falsas.
En consecuencia, se impuso una multa de quince salarios mínimos legales mensuales vigentes y se compulsaron copias a la Comisión Seccional de Disciplina Judicial para que investigue la posible falta disciplinaria derivada de la tergiversación normativa y la citación de jurisprudencia inexistente.
Implicaciones para el ejercicio profesional y uso de inteligencia artificial
La providencia enfatiza que ni el ordenamiento jurídico ni la Corte prohíben el uso de inteligencia artificial generativa en el ejercicio del derecho. Sin embargo, se establecen tres exigencias mínimas para su empleo responsable:
- Control humano efectivo: El abogado debe decidir, estructurar y responder por el contenido del escrito.
- Verificación rigurosa: Es imprescindible contrastar la existencia y fidelidad de cada fuente jurídica, así como gestionar los riesgos inherentes al uso de la tecnología.
- Transparencia funcional: Cuando corresponda, debe informarse sobre el uso y la ubicación del contenido asistido para que la contraparte y el juez puedan ejercer control efectivo.
Este pronunciamiento institucional ofrece un marco claro sobre el estándar profesional exigible en la era digital, reafirmando la responsabilidad indelegable del abogado en la integridad y veracidad de las fuentes jurídicas que incorpora en el proceso, y previniendo la circulación de un "pseudo-derecho" generado por herramientas automatizadas sin el control adecuado.
Resumen de la decisión
La Corte Suprema de Justicia, mediante auto, declaró la temeridad procesal de un apoderado judicial que presentó un recurso extraordinario de revisión con numerosas citas apócrifas y tergiversaciones legales, originadas en el uso no supervisado de inteligencia artificial generativa. Se impuso una multa y se remitió copia a la autoridad disciplinaria correspondiente para evaluar la posible infracción ética. La providencia establece un estándar profesional que exige riguroso control humano, verificación de fuentes y transparencia en el uso de tecnologías automatizadas en la práctica jurídica.