Tribunal Administrativo de Antioquia repone y modifica liquidación de crédito tras providencia del Consejo de Estado
Proviene de: Sentencias
19 de febrero de 2026 3:42:41
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Antioquia, en segunda instancia y a través de su Sala Unitaria, profirió un auto que resuelve el recurso de reposición interpuesto contra una decisión previa relacionada con la liquidación de un crédito en un proceso ejecutivo contractual. La providencia analiza y modifica la forma en que se liquidan los intereses moratorios, en atención a una reciente providencia del Consejo de Estado que revisó aspectos esenciales sobre el periodo y tasa aplicable a dichos intereses.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se inició con la orden de ejecución de un crédito, establecida mediante un auto del 6 de mayo de 2024, que ordenó seguir adelante con el pago conforme al mandamiento emitido. Posteriormente, la parte actora presentó una liquidación del crédito, sobre la cual no hubo pronunciamiento de la parte ejecutada. En octubre de 2025, el Tribunal modificó la liquidación inicial considerando los términos fijados en el mandamiento de pago.
No obstante, la parte demandante solicitó la reposición de dicha liquidación con base en una providencia del Consejo de Estado del 19 de agosto de 2025, que modificó el ordinal tercero del auto que libró el mandamiento de pago. Esta providencia estableció que los intereses moratorios debían calcularse desde el día siguiente a la ejecutoria de la sentencia de segunda instancia en un proceso de reparación directa, es decir, desde el 1° de septiembre de 2021, sin interrupciones en su causación.
Consideraciones centrales de la providencia
El Tribunal Administrativo reconoció que la providencia del Consejo de Estado modificó sustancialmente el criterio sobre la liquidación de intereses moratorios,...
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