Tribunal Administrativo de Boyacá concede recurso de apelación en acción de repetición
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 8:30:9
Tribunal y contexto procesal
La providencia fue emitida por el Despacho No. 3 del Tribunal Administrativo de Boyacá en el marco de un proceso de acción de repetición promovido por la entidad territorial demandante en contra de dos particulares. La resolución que se cuestiona corresponde a la sentencia de primera instancia proferida por la Sala de Decisión Cuarta del mismo tribunal el 9 de octubre de 2024, la cual fue notificada electrónicamente el 18 de octubre del mismo año.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de repetición fue instaurada por el departamento demandante contra dos particulares, quienes a su vez presentaron recurso de apelación en contra de la sentencia que accedió parcialmente a la demanda. Los recursos fueron interpuestos oportunamente dentro del plazo legal, estableciendo la controversia sobre la concesión del recurso y la continuación del trámite ante la instancia superior.
Consideraciones jurídicas y fundamentos del auto
El auto que concede el recurso de apelación se fundamenta en el análisis de la normativa vigente sobre recursos en materia administrativa, en particular los artículos 243, 247, 203 y 205 del CPACA, modificados por la Ley 2080 de 2021. Estas disposiciones establecen que el recurso de apelación contra sentencias es procedente con efecto suspensivo y debe interponerse y sustentarse dentro de los diez días siguientes a la notificación.
En el caso concreto, la notificación se realizó el 18 de octubre de 2024 y los recursos fueron presentados el 1 y 5 de noviembre del mismo año, respectivamente, cumpliendo con los términos legales. La providencia también destaca que la notificación electrónica se considera realizada luego de dos días hábiles...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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