Tribunal Administrativo de Boyacá confirma reconocimiento de pensión gracia a docente con vinculación territorial
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 8:35:1
Contexto y tribunal competente
La Sala de Decisión No. 6 del Tribunal Administrativo de Boyacá conoció el recurso de apelación presentado por la UGPP contra la sentencia proferida por el Juzgado Segundo Administrativo de Tunja en primera instancia. El proceso se tramitó en la modalidad de nulidad y restablecimiento del derecho, con el objetivo de resolver la procedencia del reconocimiento de la pensión gracia para una docente que ejerció funciones en el sector educativo oficial territorial.
Antecedentes del caso
La demandante, quien inició su carrera docente en 1976 y cumplió los 50 años en 2001, solicitó el reconocimiento y pago de la pensión gracia, derecho previsto para los maestros oficiales que hayan prestado servicios por al menos 20 años y cumplan ciertos requisitos legales. La UGPP negó esta solicitud mediante varios actos administrativos, argumentando que la vinculación laboral de la docente fue de carácter nacional, lo cual impediría su acceso a dicha pensión.
El Juzgado de primera instancia declaró la nulidad de los actos administrativos que negaron la pensión gracia y ordenó a la UGPP reconocer y pagar la prestación, con efecto a partir de la consolidación del derecho en 2011 y con prescripción de las mesadas anteriores a 2016. La entidad demandada apeló esta decisión, cuestionando la valoración probatoria y la interpretación legal sobre la naturaleza territorial o nacional de la vinculación.
Consideraciones principales de la decisión
El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la sentencia al considerar que la demandante acreditó una vinculación territorial, tanto departamental como municipal, superior a 20 años, requisito esencial para acceder a la pensión gracia según la Ley 114 de...
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