Tribunal Administrativo de Boyacá confirma negativa de sanción moratoria por pago oportuno de cesantías docentes
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 8:38:51
Contexto y competencia del tribunal
La providencia objeto de análisis fue proferida por la Sala de Decisión No. 5 del Tribunal Administrativo de Boyacá, en segunda instancia, en el marco de un recurso de apelación contra la sentencia emitida por el Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Tunja. El proceso corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto contra la Nación – Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG) y el Departamento de Boyacá.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, docente afiliado al FOMAG, solicitó el reconocimiento y pago de cesantías parciales a partir del 14 de enero de 2021. La Secretaría de Educación del Departamento de Boyacá expidió la resolución de reconocimiento el 26 de febrero de 2021, notificándola el 16 de marzo siguiente. El pago fue realizado por el FOMAG el 19 de abril de 2021. Posteriormente, el docente reclamó el reconocimiento de la sanción moratoria por pago tardío, prevista en la Ley 1071 de 2006 y actualizada por la Ley 1955 de 2019, alegando que la expedición extemporánea del acto administrativo generó mora.
El Juzgado de primera instancia negó las pretensiones, argumentando que el pago se realizó dentro de los 70 días hábiles que establece la ley para la expedición del acto administrativo, su ejecutoria y el pago, por lo que no existió mora. La parte demandante interpuso recurso de apelación para que se reconociera la sanción moratoria.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal Administrativo de Boyacá examinó la regulación aplicable al reconocimiento y pago de cesantías, especialmente en...
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