Tribunal Administrativo de Boyacá confirma prescripción en reclamación de sanción moratoria por pago tardío de cesantías
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 8:56:25
Competencia e instancia
La providencia es un auto proferido por la Sala de Decisión No. 2 del Tribunal Administrativo de Boyacá en segunda instancia, mediante recurso de apelación contra sentencia emitida el 14 de marzo de 2025 por el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito Judicial de Duitama.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó tras la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesta por una docente oficial contra el Ministerio de Educación, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), el Municipio de Duitama - Secretaría de Educación, y la Fiduciaria La Previsora S.A. La demandante solicitó el reconocimiento y pago de la sanción moratoria establecida en las Leyes 244 de 1995 y 1071 de 2006, correspondiente a un día de salario por cada día de retardo en el pago de cesantías definitivas.
La docente presentó la solicitud de reconocimiento de cesantías el 2 de abril de 2019. La Secretaría de Educación del Municipio de Duitama expidió la resolución de reconocimiento el 6 de marzo de 2020, y el pago fue puesto a disposición el 13 de mayo de 2020, superando el término legal para su pago. Posteriormente, el 10 de febrero de 2023, se solicitó el pago de la sanción moratoria, sin que las entidades demandadas respondieran de fondo.
El Juzgado de primera instancia declaró de oficio la excepción de prescripción extintiva y negó las pretensiones de la demanda, argumentando que la reclamación administrativa fue presentada fuera del término de tres años previsto para reclamar la sanción.
Consideraciones jurídicas principales
El Tribunal Administrativo de Boyacá confirmó la decisión de primera instancia analizando...
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