Tribunal Administrativo de Boyacá confirma derecho a prima especial y aportes pensionales en demanda contra la Fiscalía General de la Nación
Proviene de: Sentencias
20 de febrero de 2026 9:3:31
Providencia judicial y tribunal competente
La Sala de Decisión No. 5 del Tribunal Administrativo de Boyacá resolvió un recurso de apelación interpuesto por la Fiscalía General de la Nación contra la sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Administrativo Transitorio del Circuito Judicial de Tunja. La providencia, emitida el 12 de febrero de 2026, corresponde a un fallo de segunda instancia en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes fácticos y procesales
El demandante, quien ejerció funciones como fiscal delegado ante los jueces del circuito de Sogamoso desde 2009, solicitó mediante derecho de petición el reconocimiento y pago de la prima especial del 30% descontada ilegalmente de su salario, así como la reliquidación y pago de prestaciones sociales y aportes pensionales correspondientes. La Fiscalía General de la Nación negó la solicitud mediante un acto administrativo emitido en marzo de 2021.
El juzgado de primera instancia declaró la nulidad de dicho acto administrativo y condenó a la Fiscalía a pagar la prima especial del 30%, calculada sobre el 100% del salario básico, desde marzo de 2018 hasta la vigencia de la relación laboral. Además, ordenó la indexación de las sumas y reconoció la prescripción parcial de derechos laborales anteriores a marzo de 2018, excepto los aportes pensionales.
La Fiscalía apeló la condena, solicitando limitar el pago de la prima especial hasta diciembre de 2020, argumentando que desde enero de 2021 se reconocía dicho pago conforme al Decreto 272 de 2021. Asimismo, cuestionó la condena sobre los aportes pensionales, señalando falta de motivación y análisis en la sentencia.
Consideraciones y fundamentos jurídicos
El Tribunal, tras admitir...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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