Concepto DIAN aclara tratamiento tributario del lucro cesante en enajenación voluntaria de inmuebles
Proviene de: Oficios
23 de febrero de 2026 14:2:5
La Subdirección de Doctrina de la DIAN, encargada de absolver consultas generales sobre interpretación y aplicación de normas tributarias, aduaneras y de fiscalización cambiaria, aclaró recientemente el tratamiento fiscal del lucro cesante reconocido en ofertas de compra en procesos de enajenación voluntaria de inmuebles.
Fundamento legal y reconocimiento del lucro cesante
Según el concepto, basado en el análisis de la Ley 388 de 1997, en particular el parágrafo 2 del artículo 67, el ingreso obtenido por la enajenación voluntaria de inmuebles no constituye renta gravable ni ganancia ocasional para efectos fiscales. Esto incluye el componente adicional correspondiente al lucro cesante, siempre que la negociación se realice por esta vía.
La interpretación de la norma fue ratificada por la Corte Constitucional, que considera legítima la diferenciación tributaria establecida para estos casos, enmarcada dentro de la potestad normativa del legislador en materia fiscal. La entidad recuerda que dicho poder permite definir beneficios fiscales y sus beneficiarios, como los ingresos no constitutivos de renta ni ganancia ocasional.
Implicaciones para contribuyentes y agentes retenedores
De esta forma, el lucro cesante reconocido en la oferta de compra en una enajenación voluntaria de inmuebles queda comprendido dentro del beneficio tributario previsto en la ley mencionada y, por tanto, no está sujeto a retención en la fuente.
Este pronunciamiento tiene un impacto relevante para contribuyentes y agentes retenedores, pues aclara la aplicación del beneficio fiscal en procesos de adquisición de inmuebles bajo esta modalidad, evitando interpretaciones que impliquen un gravamen indebido.
La disposición aplica desde la vigencia del concepto emitido y puede ser consultada, junto con la normativa y doctrina tributaria complementaria, en el...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.