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La DIAN aclara la aplicación de la causal de aprehensión y decomiso en mercancías almacenadas en zona franca

Proviene de: Oficios

23 de febrero de 2026 14:3:26

Alcance de la causal de aprehensión y decomiso en mercancías en zona franca

La Subdirección de Doctrina de la DIAN respondió una consulta sobre el alcance y aplicación de la causal de aprehensión y decomiso prevista en el numeral 8 del artículo 69 del Decreto Ley 920 de 2023, enfocándose en mercancías almacenadas en zonas francas desde antes de la entrada en vigencia del decreto. Se concluye que no es procedente aplicar dicha causal a mercancías que ingresaron y permanecen en zona franca antes del 9 de junio de 2023, fecha en que entró en vigor el decreto. Esto se fundamenta en que la norma condiciona su aplicación a circunstancias verificadas en la introducción de mercancías al territorio aduanero nacional, situación que no se presenta en el almacenamiento en zona franca, que goza de una ficción de extraterritorialidad según la Ley 1004 de 2005.

Permanencia en zona franca y régimen sancionatorio

El régimen franco permite que las mercancías permanezcan en la zona franca sin un término máximo establecido, sin exigir su nacionalización en un plazo determinado. Por ello, el solo transcurso del tiempo en estos recintos no configura los elementos objetivos para la causal de aprehensión y decomiso del decreto. Además, el régimen sancionatorio aduanero se rige por los principios de legalidad y tipicidad, lo que impide la aplicación retroactiva de sanciones o medidas basadas en causales introducidas por normas posteriores a los hechos, protegiendo derechos y limitando el alcance de la autoridad aduanera.

Interpretación del término “último año” y visitas de control

Respecto al término “último año” previsto en el numeral 10.2 del artículo 7 del Decreto Ley 920 de 2023, la autoridad aclara que debe entenderse como el año inmediatamente anterior a la fecha de realización de la operación de comercio exterior, no al momento en que se realiza la visita de control. Durante las visitas de control, la autoridad aduanera puede verificar diferentes documentos para evaluar la solvencia económica y el origen de los fondos usados en la operación de comercio exterior. Entre estos se encuentran estados financieros, certificados de existencia y representación legal, cartas de crédito y extractos bancarios. La evaluación incluye indicadores financieros que permitan determinar la liquidez, rentabilidad y solvencia del sujeto de control.

Conclusión

La doctrina emitida reafirma que la causal de aprehensión y decomiso prevista en el Decreto Ley 920 de 2023 no puede aplicarse retroactivamente a mercancías en zona franca almacenadas antes de la vigencia del decreto. Esto garantiza seguridad jurídica y respeta los principios fundamentales del régimen aduanero. Para mayor información, la normativa y doctrina vigente pueden ser consultadas en el normograma oficial de la entidad, disponible en la página web de la DIAN. Así, se promueve la transparencia y el cumplimiento adecuado de las disposiciones aduaneras, asegurando un marco claro para los operadores de comercio exterior.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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