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Aerocivil modifica la Norma RAC 215 para actualizar los Servicios de Información Aeronáutica en Colombia

Proviene de: Resoluciones

23 de febrero de 2026 14:4:27

Entidad emisora y contexto normativo

La Resolución 00540 de 2026 fue expedida por la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil (Aerocivil), en ejercicio de sus facultades legales conferidas por el Código de Comercio, la Ley 105 de 1993, la Ley 336 de 1996 y el Decreto 1294 de 2021. Esta actualización se enmarca en la obligación de Colombia como Estado miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) para cumplir con el Convenio de Chicago y sus Anexos, en particular el Anexo 15, que regula los servicios de información aeronáutica a nivel mundial.

Tema principal de la resolución

El objeto central de la Resolución es modificar la Norma RAC 215 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, que establece las disposiciones para los Servicios de Información Aeronáutica (AIS). La modificación busca actualizar las reglas y procedimientos conforme a las enmiendas 42, 43 y 44 del Anexo 15 de la OACI, incluyendo aspectos como el reporte SNOWTAM, la metodología basada en competencias (CBTA) para la formación del personal y la eliminación del requisito de NOTAM sobre condiciones meteorológicas espaciales.

Destinatarios y relevancia

La norma está dirigida principalmente a los proveedores de servicios de información aeronáutica autorizados por la Aerocivil, así como a la comunidad aeronáutica nacional e internacional que opera en el espacio aéreo colombiano. Esto incluye a explotadores de aeronaves, tripulaciones de vuelo, despachadores, autoridades aeronáuticas y otros actores relacionados con la navegación aérea. La actualización es vital para garantizar la seguridad operacional, regularidad y eficiencia en la prestación de servicios aeronáuticos.

Objetivo y finalidad

La Resolución tiene como finalidad principal mantener la uniformidad y coherencia de la regulación colombiana con los estándares internacionales y regionales, especialmente en cuanto a la gestión, distribución y calidad de la información aeronáutica y datos aeronáuticos. Adicionalmente, busca ajustar la estructura organizativa interna de la Aerocivil para optimizar sus funciones en la gestión y supervisión de estos servicios.

Decisiones y regulaciones principales

Entre las principales disposiciones de la Resolución destacan:
  • La actualización del contenido de la Norma RAC 215 para incorporar las enmiendas internacionales sobre SNOWTAM, CBTA y NOTAM.
  • La definición y estandarización de términos, abreviaturas y procedimientos relativos a los servicios de información aeronáutica.
  • La obligación para los proveedores de servicios de información aeronáutica (AISP) de contar con manuales descriptivos de organización (MADOR) y de dependencia (MADE-AIS), que deben ser aprobados por la Aerocivil.
  • La implementación de un sistema de gestión de calidad basado en normas ISO 9000 para asegurar la integridad, exactitud, puntualidad y trazabilidad de los datos aeronáuticos.
  • La regulación detallada sobre los productos de información aeronáutica, incluyendo publicaciones AIP, NOTAM (incluidos SNOWTAM y ASHTAM), cartas aeronáuticas y conjuntos de datos digitales.
  • La actualización de los procedimientos para la presentación, aceptación, modificación y cancelación de planes de vuelo, incluyendo la promoción del plan de vuelo electrónico (e-FPL) como medio principal.
  • El establecimiento de plazos y procedimientos para la distribución de información mediante el sistema reglamentado AIRAC, garantizando la notificación anticipada con al menos 28 días de antelación.
  • La adecuación de la norma a la nueva estructura orgánica de la Aerocivil, conforme al Decreto 1294 de 2021 y la Resolución 0354 de 2022, con la creación y asignación de responsabilidades a nuevos grupos de trabajo.

Base legal y armonización internacional

La Resolución se fundamenta en diversas disposiciones legales colombianas, como los artículos 1782, 1790 y 1860 del Código de Comercio, Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996 y el Decreto 1294 de 2021. Además, articula su contenido con las obligaciones internacionales derivadas del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y sus Anexos, especialmente el Anexo 15. También se alinea con el Sistema Regional de Vigilancia de la Seguridad Operacional (SRVSOP) y los Reglamentos Aeronáuticos Latinoamericanos (LAR) para mantener la armonía en la región.

Modificación normativa y vigencia

La Resolución modifica expresamente la Norma RAC 215 y sus anexos, incluyendo los apéndices relacionados con el contenido de publicaciones aeronáuticas, formatos de SNOWTAM y ASHTAM, requisitos para datos sobre terreno y obstáculos, y formatos para planes de vuelo. Los cambios entraron en vigor a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial, derogando las disposiciones contrarias previas.

Impacto potencial

Esta actualización fortalece el marco regulatorio colombiano en materia de información aeronáutica, garantizando el cumplimiento de estándares internacionales y mejorando la calidad y seguridad de la navegación aérea. La implementación de sistemas de gestión de calidad y la modernización de procedimientos facilitarán la interoperabilidad con otros Estados y la adaptación a las nuevas tecnologías en aviación. Para la comunidad aérea, esto se traduce en una mayor confianza en la información recibida y en la eficiencia operativa de vuelos nacionales e internacionales. En conclusión, la Resolución 00540 de 2026 representa un paso significativo en la modernización de la regulación aeronáutica colombiana, alineándola con las mejores prácticas globales y regionales, y consolidando el compromiso del Estado con la seguridad y eficiencia del transporte aéreo. Con esta medida, Colombia reafirma su liderazgo en la región en la gestión de servicios de información aeronáutica, contribuyendo al desarrollo sostenible y seguro de la aviación civil.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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