Consejo de Estado confirma negativa de registro marcario por riesgo de confusión con marcas ASPIRINA
Proviene de: Sentencias
23 de febrero de 2026 14:14:15
Contexto y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, conoció en única instancia el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho interpuesto contra la Superintendencia de Industria y Comercio. La demanda cuestionaba la legalidad de las resoluciones emitidas en 2015 por la Dirección de Signos Distintivos y el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial, las cuales negaron el registro de la marca nominativa PROCAPS ISPERIN para productos farmacéuticos clasificados en la clase 5ª de la Clasificación Internacional de Niza.
Antecedentes del caso
La sociedad solicitante pretendía registrar la marca PROCAPS ISPERIN para identificar complementos nutricionales y productos farmacéuticos. La Superintendencia de Industria y Comercio negó la solicitud argumentando que el signo solicitado era similar a las marcas previamente registradas ASPIRINA, ASPIRINA C y ASPIRINA DIRECT, propiedad de un tercero con interés directo en el proceso. Se alegó que la semejanza podía inducir a confusión o asociación indebida en los consumidores, constituyendo causal de irregistrabilidad según el literal a) del artículo 136 de la Decisión 486 de 2000.
La parte demandante sostuvo que el término ASPIRINA era genérico y vulgarizado, careciendo de fuerza distintiva, y que la inclusión del vocablo PROCAPS diferenciaba suficientemente el signo solicitado. Además, mencionó que el signo ISPERIN había sido registrado en otros países sin conflictos y que no existía oposición en Colombia por parte del titular de las marcas ASPIRINA.
Análisis jurídico y consideraciones del Consejo de Estado
El Consejo de Estado, aplicando la normativa comunitaria andina y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, realizó un detallado cotejo entre...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.