Consejo de Estado anula resolución de la SIC y ordena registro de marca “APPLE LIGHTNING” en clase 9ª
Proviene de: Sentencias
23 de febrero de 2026 14:14:45
Providencia emitida por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado
La Sala Primera de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoció en única instancia la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho presentada contra las Resoluciones 50540 de 19 de agosto de 2015 y 6137 de 10 de febrero de 2016, expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Dichas resoluciones negaron el registro como marca del signo nominativo “APPLE LIGHTNING” solicitado para distinguir productos comprendidos en la clase 9ª del nomenclátor de la Clasificación Internacional de Niza, específicamente conectores eléctricos y electrónicos, cables, cargadores y adaptadores.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad solicitante presentó la solicitud de registro de la marca “APPLE LIGHTNING” en octubre de 2014, la cual fue publicada sin recibir oposiciones. Sin embargo, la Dirección de Signos Distintivos de la SIC negó el registro, basándose en la existencia de la marca nominativa “LIGHTNING”, registrada en la misma clase por un tercero. La decisión fue confirmada en segunda instancia por el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial de la SIC.
Ante esta negativa, la parte solicitante interpuso demanda ante el Consejo de Estado, alegando que el signo solicitado no generaba riesgo de confusión con la marca previamente registrada, pues el término “APPLE” otorga una distintividad suficiente que permite diferenciar los productos en el mercado. Además, sostuvo que su marca forma parte de una familia de marcas notorias.
Durante el trámite procesal, se solicitó interpretación prejudicial al Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina, el cual emitió criterios sobre los artículos 135 y 136...
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