Consejo de Estado decide sobre medida cautelar en demanda contra Decreto 1702 de 2023 en materia electoral
Proviene de: Sentencias
23 de febrero de 2026 14:19:51
Contexto y competencia del tribunal
El Consejo de Estado, en su Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, es el tribunal competente para resolver la solicitud de medida cautelar de suspensión provisional contra apartes específicos del Decreto 1702 de 2023. Este decreto fue expedido con el fin de establecer normas para la conservación del orden público y regular la publicidad electoral en las elecciones territoriales celebradas el 29 de octubre de 2023, incluyendo una posible segunda vuelta para la elección de Alcalde Mayor de Bogotá.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta por una organización civil junto con varios ciudadanos, quienes solicitaron la nulidad por inconstitucionalidad de apartes específicos de los artículos 4, 7, 11 y del artículo 13 del Decreto 1702 de 2023. Alegaron que dichas disposiciones vulneraban derechos fundamentales consagrados en el artículo 20 de la Constitución Política, relacionados con la libertad de expresión, libertad de prensa y derecho a la información.
La demanda se presentó conforme al medio de control de nulidad por inconstitucionalidad previsto en la Ley 1437 de 2011. Se solicitó además la suspensión provisional de los efectos de las disposiciones demandadas, argumentando que imponían limitaciones desproporcionadas y que el decreto no cumplía con los requisitos legales para restringir derechos fundamentales, dado que no se trataba de una norma de rango legal o constitucional.
Los ministerios demandados, entre ellos el Ministerio del Interior, Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, Ministerio de Relaciones Exteriores y Ministerio de Transporte, se opusieron a la medida cautelar, argumentando que no se acreditó el perjuicio irremediable ni la necesidad y urgencia...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.