Consejo de Estado confirma responsabilidad de la Fiscalía por privación injusta de la libertad y reconoce indemnización
Proviene de: Sentencias
23 de febrero de 2026 14:28:28
Providencia proferida por la Sección Tercera del Consejo de Estado
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, con ponencia de uno de sus consejeros, emitió un auto el 30 de enero de 2026, en el marco de un recurso de apelación contra sentencia de 18 de julio de 2024 proferida por el Tribunal Administrativo de Sucre. La demanda original fue presentada en 2009 y solicitaba la reparación directa por los daños ocasionados con la privación de la libertad de dos personas durante un proceso penal adelantado por el delito de rebelión.
Antecedentes fácticos y procesales
Los demandantes alegaron que la privación de la libertad impuesta en 2006 fue injusta y causó perjuicios materiales e inmateriales, ya que fueron detenidos con base en informes policiales y declaraciones de colaboradores que los señalaban como miembros de grupos subversivos, sin que existieran pruebas materiales suficientes. El Tribunal de primera instancia accedió parcialmente a las pretensiones, declarando patrimonialmente responsable a la Nación – Fiscalía General de la Nación, y condenándola a pagar indemnizaciones por daño moral y lucro cesante a las víctimas directas y a algunos familiares, pero negó el reconocimiento de perjuicios a los hermanos de las víctimas.
La Fiscalía General de la Nación interpuso recurso de apelación, argumentando que la medida de aseguramiento estuvo fundada en indicios graves de responsabilidad conforme a la Ley 600 de 2000, y que la restricción de la libertad se ajustó a los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad. Además, alegó la configuración de culpa exclusiva de la víctima y el hecho de...
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