Consejo de Estado revoca pérdida de investidura por conflicto de intereses en concejalía de Paz de Ariporo
Proviene de: Sentencias
23 de febrero de 2026 14:28:59
Competencia y contexto del caso
La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado conoció en segunda instancia el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo de Casanare, que había decretado la pérdida de investidura de un concejal del municipio de Paz de Ariporo para el periodo 2024-2027. La acción de pérdida de investidura fue promovida bajo la causal de violación del régimen de conflicto de intereses, prevista en el numeral 2 del artículo 55 de la Ley 136 de 1994 y el numeral 1 del artículo 48 de la Ley 617 de 2000.
Antecedentes fácticos y procesales
La solicitud inicial aducía que el concejal accionado, al participar y votar favorablemente en el Acuerdo Municipal que establecía beneficios tributarios temporales para morosos del impuesto de Industria y Comercio y del impuesto predial, incurrió en conflicto de intereses, pues él mismo era deudor moroso de ese impuesto. Se alegó que no se declaró impedido ni se apartó del debate y votación, incumpliendo sus deberes legales.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Casanare decretó la pérdida de investidura, considerando que el concejal tenía un interés directo y particular en el asunto, dado que el Acuerdo Municipal beneficiaba a un grupo específico de contribuyentes morosos, incluyendo al concejal, y que éste omitió declararse impedido.
El concejal apeló la decisión, argumentando que los beneficios tributarios eran de carácter general y afectaban a un amplio número de contribuyentes morosos, aproximándose al 40% del censo electoral del municipio, por lo que no existía un interés particular ni directo. Además, señaló que no...
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