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Ministerio de Salud y Protección Social expide Circular Externa 000003 de 2026 sobre flujo de recursos en la red pública hospitalaria (23 de febrero de 2026)

Proviene de: Circulares

24 de febrero de 2026 10:51:58

Contexto y Objetivo de la Circular

La Circular Externa 000003 de 2026 fue emitida por el Ministerio de Salud y Protección Social, ente rector del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), para atender la problemática del flujo de recursos en la red pública hospitalaria del país. Esta acción responde a mandatos de la Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 de la Corte Constitucional, así como a la reiteración de advertencias de la Contraloría General de la República sobre la insuficiencia y desproporción en los recursos destinados a hospitales públicos en comparación con los privados. La circular tiene como finalidad garantizar un flujo ágil y efectivo de recursos a través del mecanismo de giro directo, especialmente para EPS y entidades obligadas a compensar que se encuentren bajo medidas de vigilancia especial o intervención administrativa por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.

Ámbito de Aplicación y Sujetos Obligados

La circular va dirigida a la Superintendencia Nacional de Salud, la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres), las Entidades Promotoras de Salud y las entidades obligadas a compensar sometidas a vigilancia especial o intervención administrativa. Su alcance es de carácter externo, pues regula el comportamiento y obligaciones de estas entidades frente al flujo de recursos hacia la red pública hospitalaria. Establece plazos y requisitos claros para la priorización del giro directo hacia prestadores públicos, con especial énfasis en la revisión y control por parte de la Adres y la supervisión sancionatoria de la Superintendencia.

Validez Legal y Fuerza Vinculante

Emitida en ejercicio de las facultades legales que confieren al Ministerio de Salud y Protección Social la dirección, regulación y control del SGSSS —fundamentadas en normas como la Ley 100 de 1993, Ley 1122 de 2007, Ley 1751 de 2015, y decretos reglamentarios—, esta circular tiene carácter vinculante para las entidades señaladas. Además, responde a mandatos judiciales imperativos y requerimientos de órganos de control, lo que refuerza su obligatoriedad y su impacto jurídico. El incumplimiento de sus directrices puede acarrear medidas sancionatorias por parte de la Superintendencia Nacional de Salud.

Contenido Principal y Lineamientos

La circular establece que las EPS y entidades obligadas a compensar bajo vigilancia especial o intervención por la Superintendencia Nacional de Salud deben priorizar en sus postulaciones mensuales de giro directo a la red pública hospitalaria. La Adres, en coordinación con la Superintendencia, tendrá la función de verificar el cumplimiento de esta priorización. En caso de incumplimiento, la Adres deberá devolver la postulación para que sea reformulada en un plazo máximo de tres días hábiles, garantizando así la efectividad del flujo de recursos. De persistir la falta de cumplimiento, la Superintendencia debe ejercer sus competencias sancionatorias. Este mecanismo pretende corregir deficiencias identificadas en informes de la Contraloría General de la República y en autos de la Corte Constitucional, que han evidenciado el aumento de cartera y la insuficiencia del flujo de recursos, especialmente en favor de los prestadores públicos. Además, la circular enfatiza en el papel fundamental de las Empresas Sociales del Estado para garantizar la prestación del servicio público de salud en todo el territorio nacional, en especial en zonas marginadas o de baja densidad poblacional.

Importancia para el Sistema de Salud y la Sociedad

La Circular Externa 000003 de 2026 representa un instrumento normativo clave para fortalecer la sostenibilidad financiera del SGSSS y asegurar el derecho fundamental a la salud. Al ordenar la priorización del giro directo a la red pública hospitalaria, se busca evitar la acumulación de cartera que afecta la operación y capacidad de las instituciones públicas de salud, garantizando así la prestación oportuna y adecuada de servicios a la población. Su implementación responde además a la necesidad de cumplir con la jurisprudencia constitucional y con las recomendaciones de control fiscal, en un contexto donde la salud pública es un servicio esencial y un derecho fundamental. Esta circular rige a partir de su expedición y está orientada a generar un impacto positivo y tangible en la gestión financiera del sector salud, contribuyendo a la estabilidad del sistema y a la protección de los derechos de los ciudadanos.

Para consultar el texto completo de la Circular Externa 000003 de 2026, ver Diario Oficial No. 53.408 del 23 de febrero de 2026.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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