Consejo de Estado admite demanda contra levantamiento de medida preventiva sobre mascarillas
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:0:48
Contexto y tribunal que profiere la providencia
La providencia corresponde a un auto admisorio proferido por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, del Consejo de Estado, en Bogotá D.C., el 16 de febrero de 2026. Este tribunal, en ejercicio de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, es competente para conocer recursos de nulidad contra actos administrativos que puedan afectar derechos o intereses de particulares o de la comunidad.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante presentó la demanda el 23 de septiembre de 2025 contra la Superintendencia de Industria y Comercio. El objeto de la acción fue la nulidad de la Resolución número 33, de 9 de enero de 2013, mediante la cual esta entidad levantó la medida preventiva impuesta por la Resolución número 60220, de 12 de octubre de 2012. La medida preventiva original prohibía la comercialización y uso de cualquier tipo de mascarilla que, sin importar el material, obstaculizara o impidiera el proceso natural de respiración, con el fin de proteger a los consumidores de posibles daños o perjuicios.
La demanda fue asignada al despacho correspondiente y, tras verificar el cumplimiento de los requisitos legales previstos en los artículos 161 a 166 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), se decidió admitirla para trámite.
Consideraciones principales de la providencia
El Consejo de Estado fundamentó la admisión en la procedencia del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del CPACA, aplicable para controvertir actos administrativos que se consideran lesivos. Además, se ordenó notificar la decisión a las partes involucradas y al agente del Ministerio Público, tal...
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