Consejo de Estado admite demanda contra decreto presidencial que convoca a consulta popular nacional
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:2:19
Competencia y naturaleza del proceso
El auto fue emitido por la Sección Quinta del Consejo de Estado, único tribunal competente para conocer en única instancia la nulidad de actos administrativos expedidos por autoridades nacionales, conforme a los artículos 125, 149 y 171 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
El proceso se originó tras la remisión de la demanda inicialmente presentada ante la Corte Constitucional, la cual declaró su incompetencia y remitió el caso a esta corporación. La acción fue interpuesta por una ciudadana en nombre propio contra el decreto presidencial que convoca a consulta popular nacional, bajo el argumento de que el acto vulnera la distribución de poderes y el principio de legalidad al permitir al Ejecutivo convocar sin la autorización del Legislativo.
Antecedentes y fundamentos de la demanda
La demandante sostiene que el decreto representa una usurpación de funciones, contrariando el principio de separación de poderes consagrado en la Constitución. Según la demanda, la convocatoria a consulta popular requiere un concepto previo obligatorio y favorable del Senado, sin el cual la convocatoria carece de validez. La omisión de este requisito implicaría un exceso de poder del Ejecutivo, afectando el equilibrio institucional y el control interinstitucional.
Tras inadmitirse inicialmente la demanda para que se subsanaran ciertos aspectos formales y de fondo, la accionante presentó las correcciones dentro del término legal, permitiendo su admisión formal por parte del Consejo de Estado.
Consideraciones jurídicas del Consejo de Estado
La Sección Quinta realizó un análisis detallado sobre la naturaleza jurídica del decreto, concluyendo que se trata de un acto administrativo de contenido electoral. Aunque no...
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