Consejo de Estado admite demanda de nulidad electoral contra elección en Corporación Autónoma Regional del Cesar y niega suspensión provisional del acto
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:3:40
Competencia y naturaleza de la providencia
La providencia judicial en cuestión es un auto proferido por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, instancia competente para conocer en única instancia de los actos electorales relacionados con entidades autónomas regionales. En este auto se admite la demanda de nulidad electoral y se decide sobre la solicitud de suspensión provisional de los efectos del acto demandado.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada contra el acto de elección de la directora general de la Corporación Autónoma Regional del Cesar, contenido en un acuerdo expedido en octubre de 2025. El demandante solicitó la nulidad de dicho acto alegando que la designación implicó una tercera reelección, lo cual estaría prohibido por el artículo 28 de la Ley 99 de 1993, modificado por la Ley 1263 de 2008, que limita la reelección del director general a una sola vez para evitar la concentración de poder y garantizar la transparencia en la gestión pública.
Además, se denunció la vulneración del derecho al debido proceso por la falta de resolución de recusaciones presentadas contra los miembros del Consejo Directivo de la Corporación, quienes participaron en la elección. Estas recusaciones, según el demandante, afectaron el quórum decisorio y, por ende, la validez del acto de elección.
El demandante también adujo que la continuidad en el cargo de la directora general ocasiona un perjuicio grave e inminente al patrimonio de la entidad, denunciando hallazgos de auditoría relacionados con deficiencias en la gestión presupuestal y en la ejecución de metas ambientales.
Por su parte, la persona designada se...
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