Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recursos de apelación en proceso ejecutivo contra municipio
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:16:58
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, es el encargado de resolver la admisión de los recursos de apelación presentados contra la sentencia de primera instancia emitida por el Juzgado Treinta y Ocho Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá. Esta providencia se enmarca en un proceso ejecutivo en el que se discutía el pago de una obligación y el cobro de lo no debido.
La competencia del tribunal para conocer de este recurso se sustenta en el numeral 3 del artículo 125 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 20 de la Ley 2080 de 2021, que otorga al magistrado ponente la facultad de decidir sobre las providencias interlocutorias y de sustanciación en cualquier instancia, incluyendo la resolución del recurso de queja.
Antecedentes fácticos y procesales
El Juzgado Treinta y Ocho Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá emitió la sentencia de primera instancia el 23 de septiembre de 2025, en la que declaró la prosperidad de las excepciones de pago de la obligación y cobro de lo no debido formuladas por las demandadas, decretó la pérdida de intereses, ordenó continuar con la ejecución en favor de los ejecutantes y condenó en costas al extremo ejecutado.
La providencia fue notificada a las partes mediante mensaje de datos el mismo día de su emisión. Posteriormente, la parte ejecutada interpuso un recurso de alzada el 8 de octubre de 2025, y la parte ejecutante presentó un recurso de igual naturaleza el 9 de octubre de 2025. Ambos recursos fueron concedidos en efecto suspensivo por el juzgado de primera...
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