Tribunal Administrativo de Cundinamarca corrige error en cálculo de estatus pensional en sentencia de primera instancia
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:31:18
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia judicial en análisis corresponde a un auto emitido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda - Subsección “C”, en ejercicio de su función jurisdiccional de segunda instancia. La decisión resuelve una solicitud de aclaración, corrección y adición de la sentencia de primera instancia proferida en un proceso contencioso administrativo relacionado con el reconocimiento y pago de una pensión gracia.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó con la demanda presentada contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), tras la negativa de esta entidad a reconocer y pagar una pensión gracia a una docente que cumplía con los requisitos legales para tal beneficio. La sentencia de primera instancia reconoció la pensión, estableciendo como fecha de adquisición del estatus pensional el 3 de enero de 2009. Sin embargo, debido a la tardanza en la solicitud ante la administración, se aplicó la prescripción trienal, fijando la fecha desde la cual surten efectos fiscales en el 6 de julio de 2017.
Posteriormente, la parte demandante solicitó la corrección de la sentencia para que se reconozca como fecha de adquisición del estatus pensional el 14 de diciembre de 2008, alegando un error en el cálculo del tiempo de servicios que afectaba el reconocimiento y cuantía de la pensión.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la corrección
El Tribunal recordó que el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA) no contiene normas específicas sobre aclaración, corrección o adición de sentencias, por lo que remitió a los artículos 285, 286 y 287...
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