Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega adhesión extemporánea a acción de grupo por daños causados por derrumbe de basuras
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:33:52
Contexto y tribunal competente
El auto fue emitido por la Sección Tercera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Bogotá, en el marco de un proceso de reparación colectiva por daños ocasionados a un grupo de personas afectadas por un derrumbe de basuras en varios barrios de la ciudad. El expediente corresponde a una acción constitucional de grupo instaurada para reconocer indemnizaciones a los afectados por dichas circunstancias.
Antecedentes fácticos y procesales
Inicialmente, el proceso reconoció indemnizaciones a quienes hicieron parte del grupo durante el trámite judicial y a quienes solicitaron su adhesión dentro de los veinte días siguientes a la publicación de la sentencia en un diario de amplia circulación. Los beneficiarios debían demostrar que, al momento de los hechos, residían, trabajaban o estudiaban en las zonas afectadas.
Una solicitud de adhesión fue presentada luego de vencido este plazo, argumentando perjuicios morales y afectaciones a derechos fundamentales como la intimidad familiar y la igualdad, derivados del impacto causado por el derrumbe. La solicitud fue remitida por el procurador distrital encargado de la instrucción del caso para que el tribunal se pronunciara al respecto.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal recordó que, conforme al artículo 55 de la Ley 472 de 1998, existen dos momentos procesales para integrarse a un grupo en acciones colectivas: antes de la apertura a pruebas del proceso o dentro de los veinte días siguientes a la publicación de la sentencia. La solicitud presentada fuera de estos términos es considerada extemporánea.
Además, se enfatizó que aceptar adhesiones fuera del plazo vulneraría el principio de igualdad, al otorgar un beneficio a quienes...
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