Tribunal Administrativo de Cundinamarca corrige error en auto sobre regulación de honorarios en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:39:19
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección B, emitió un auto el 12 de febrero de 2026, en el marco de un incidente de regulación de honorarios dentro de un proceso de reparación directa. La providencia atiende una solicitud de corrección presentada respecto a un auto previo, fechado el 23 de octubre de 2023, que admitió dicho incidente.
Antecedentes fácticos y procesales
En el auto original, el tribunal admitió un incidente de regulación de honorarios presentado por los herederos y cónyuge sobreviviente del apoderado fallecido de los demandantes. Posteriormente, la representante legal de los interesados solicitó la corrección del nombre del apoderado mencionado en la providencia, pues se consignó incorrectamente su segundo nombre. Para sustentar la solicitud, se adjuntó copia del registro civil de defunción que acreditaba el nombre correcto del abogado fallecido.
Consideraciones jurídicas del tribunal
El tribunal recordó que, conforme a los artículos 309, 310 y 311 del Código de Procedimiento Civil (CPC), aplicables por integración normativa con el artículo 267 del Código Contencioso Administrativo (CCA), es facultad del juez aclarar, corregir o adicionar sus providencias cuando existan errores de contenido, siempre que estas modificaciones no alteren la esencia de la decisión.
En particular, el artículo 310 del CPC establece que los errores aritméticos, por omisión o cambio de palabras que afecten la parte resolutiva de una providencia son corregibles mediante auto, de oficio o a solicitud de parte, en cualquier tiempo, y con los mismos recursos que procedían contra la providencia original.
En el presente caso, el tribunal concluyó que la corrección solicitada es procedente, ya que el...
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