Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega nulidad y concede apelación en proceso contra la Superintendencia de Sociedades
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:41:54
Contexto y antecedentes del proceso
La providencia judicial fue emitida por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, en un proceso de reparación directa instaurado por una sociedad contra la Superintendencia de Sociedades. En primera instancia, el tribunal negó las pretensiones de la demanda y condenó a la parte actora al pago de agencias en derecho.
Posteriormente, la parte demandante solicitó la nulidad de dicha sentencia alegando que el despacho judicial omitió tener en cuenta los alegatos de conclusión presentados oportunamente. A la vez, interpuso recurso de apelación contra esa misma decisión. El tribunal, tras analizar el incidente, procedió a resolver ambos asuntos.
Fundamentos y consideraciones de la providencia
El tribunal analizó la causal de nulidad invocada, basada en el numeral 6 del artículo 133 del Código General del Proceso, que establece la nulidad cuando se omite la oportunidad para alegar de conclusión o para sustentar un recurso. Esta causal está incorporada al procedimiento administrativo contencioso mediante remisión expresa del artículo 208 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
En el examen del caso concreto, el despacho constata que el término para presentar alegatos se dispuso en audiencia inicial y se otorgó un plazo de diez días para tal fin. La parte demandante presentó sus alegatos dentro del término concedido, por lo cual no se configuró la omisión señalada como causal de nulidad.
En consecuencia, la solicitud de nulidad no se ajusta a las causales taxativas previstas en el ordenamiento jurídico y fue negada.
Respecto al recurso de apelación, el tribunal verificó que fue interpuesto...
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