Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite demanda por controversia contractual contra el Departamento del Amazonas
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:49:34
Contexto y competencia judicial
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera – Subsección C, fue el encargado de conocer y admitir la demanda interpuesta contra el Departamento del Amazonas en ejercicio del medio de control de controversias contractuales consagrado en el artículo 141 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La competencia territorial se estableció con base en que el objeto del contrato se ejecutó en la ciudad de Leticia, dentro de la jurisdicción de este tribunal, conforme al Decreto 2270 de 1989. Desde el punto de vista funcional, el tribunal es competente para conocer el proceso en primera instancia dada la cuantía reclamada, que supera los quinientos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por una sociedad de arquitectos dedicada a la consultoría, la cual suscribió un contrato con el Departamento del Amazonas para la elaboración de estudios y diseños para la construcción de nueva infraestructura hospitalaria. El contrato inicial, suscrito en abril de 2023, establecía un plazo de ejecución de seis meses, prorrogado posteriormente hasta octubre de 2024 por medio de actas de suspensión y prórrogas acordadas entre las partes.
El Departamento del Amazonas intentó iniciar un proceso de liquidación bilateral del contrato mediante oficio expedido en marzo de 2025, iniciativa que no fue aceptada por la sociedad contratista. Tras cumplirse los términos contractuales y legales para dicha liquidación sin acuerdo, la sociedad demandante acudió a la jurisdicción contencioso-administrativa para solicitar que se declare el incumplimiento del contrato por parte de la entidad pública y se ordene su liquidación judicial, además del reconocimiento de perjuicios derivados.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El tribunal realizó un análisis riguroso sobre la caducidad del medio de control, estableciendo que el término para demandar es de dos años, contados a partir del día siguiente a los hechos que fundamentan la reclamación, y que el plazo para la liquidación bilateral se extendió hasta abril de 2025, incluyendo el tiempo de suspensión por solicitud de conciliación. Dado que la demanda fue presentada en julio de 2025, se concluyó que no había operado la caducidad.
Asimismo, se corroboró el cumplimiento de los requisitos formales de la demanda, incluyendo la claridad en la exposición de pretensiones, hechos y fundamentos jurídicos, así como la acreditación de personería y la presentación de medios probatorios solicitados.
El tribunal decidió vincular como litisconsorte a la aseguradora del contrato, dada su relación sustancial con el objeto procesal y la posible extensión de los efectos jurídicos de la sentencia.
Finalmente, se establecieron las modalidades y canales para las notificaciones electrónicas a las partes involucradas, conforme a las disposiciones vigentes en materia de notificaciones judiciales digitales, garantizando la transparencia y eficacia en el trámite del proceso.
Conclusión de la providencia
El auto proferido por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite formalmente la demanda de controversia contractual contra el Departamento del Amazonas, vinculando a la aseguradora como litisconsorte y ordenando las notificaciones correspondientes. Con esta decisión se da inicio al trámite judicial para resolver el presunto incumplimiento del contrato de consultoría y la liquidación judicial solicitada.
La providencia reafirma la importancia del respeto a los plazos procesales y la correcta aplicación del régimen jurídico de los contratos estatales, además de incorporar mecanismos modernos de notificación que contribuyen a la eficiencia procesal.
Se espera que este proceso siente un precedente importante en la gestión contractual de entidades territoriales y en la protección de los derechos de los contratistas frente a posibles incumplimientos por parte de la administración pública. Las partes involucradas continuarán con el proceso conforme al debido curso legal, garantizando la transparencia y el respeto a los derechos de ambas.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.